YANETT ERICA VALENZUELA ACUÑA C/ IGNACIO HERNÁN LÓPEZ DÍAZ
Rol
O-1951-2019
Fecha
11 de marzo de 2021
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 05 de marzo del año 2019, aproximadamente a las 18:30 horas, en circunstancias que Yanett Erica Valenzuela Acuña, conducía el móvil PPU DPKZ.38, marca Chevrolet, y se encontraba detenida esperando la luz verde del semáforo en la intersección de Avda. Francisco de Aguirre con Avda. Américo Vespucio Norte, comuna de Vitacura, fue abordada por los imputados IGNACIO HERNAN LÓPEZ DIAZ y FRANCISCO JAVIER RETAMAL AGUIRRE, quienes se acercaron a la ventana del copiloto y de forma sorpresiva sustrajeron desde el interior del móvil, 01 mochila, de color negro, con documentos del vehículo y personales y 01 billetera con 6.000 pesos en efectivo, avaluados en total en la suma de $100.00 pesos, para luego darse a la fuga, siendo seguidos por transeúntes ante las llamadas de auxilio de la víctima, quienes los detuvieron en las cercanías. Al momento de la detención de IGNACIO HERNAN LÓPEZ DIAZ, este arrojó al suelo 01 celular marca Samsung, modelo Galaxy G Prime, color gris, el que portaba conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del mismo, toda vez que momentos antes, aproximadamente a las 18:00 horas, le había sido sustraído a su propietario Oscar Roberto Lara Valenzuela, desde el interior del taxi básico que conducía, PPU BKBO-86, marca Samsung, mientras se encontraba detenido en la intersección de Avda. Américo Vespucio con calle Cerro Colorado, comuna de Las Condes, avaluado en la suma de $150.000 pesos..” I. Que se condena a FRANCISCO JAVIER RETAMAL AGUIRRE, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito de robo por sorpresa, prescrito y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado el día 05 de marzo del 2019, en la comuna de Vitacura, y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y se le exime del pago de las costas de la causa. II. Que reuniéndose en la especie los requis
Texto Completo (Preview)
4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, once de marzo de dos mil veintiuno TRIBUNAL: CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: RODRIGO ANDRÉS GONZÁLEZ-FUENTE RUBILAR RUC: 1900244576-2 RIT: 1951 -
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica