1º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ JHANPIER MANUEL OCORO MURILLO

Rol

O-115-2019

Fecha

12 de marzo de 2021

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día jueves 15 de noviembre de 2018, alrededor de las 12:50 horas, frente al domicilio ubicado en Óscar Castro N° 1381, comuna de Pudahuel, funcionarios de Carabineros observaron al imputado Lainer Valdez Rentería, mientras entregaba un envoltorio a otro sujeto que más tarde fue individualizado como Robinson Montaño. Paralelamente al costado de Lainer Valdez Rentería se encontraba un sujeto que observaba en todas las direcciones con un revolver en su cinto, prestando claramente labores de cobertura, individualizado como Jhanpier Manuel Ocoro Murillo. Es así que antes que se realizara la venta, funcionarios de Carabineros se identifican como tales, huyendo los imputados al interior del inmueble. Carabineros, ante la flagrancia, ingresaron al inmueble, deteniendo a Jhanpier Ocoro Murillo, saliendo del baño del segundo piso, encontrando en el interior de este baño el revólver, color negro, marca HVM, con 06 cartuchos en su cilindro sin percutir, además de una bolsa con 18 tiros calibre 38. En dicho instante también fue detenido el imputado Lainer Valdez Rentería, encontrando a su costado una bolsa que contenía 42 envoltorios de pasta CLAUDIO ALEJANDRO HENRIQUEZ ALARCON Juez Redactor Fecha: 12/03/2021 17:47:43 CARMEN PATRICIA RIQUELME GONZALEZ Juez Presidente Fecha: 12/03/2021 17:54:50 GGXGTRDFRC CLAUDIA MARCELA GALAN VILLEGAS Juez Integrante Fecha: 12/03/2021 19:45:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 28 base de cocaína, con un peso de 07 gramos 700 miligramos. Adicionalmente, fue detenido el comprador Robinson Montaño”. A juicio de la Fiscalía Local de Pudahuel, los hechos descr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización: Ante esta Sala del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago se llevó a efecto la audiencia de juicio oral seguido en contra de JHANPIER MANUEL OCORO MURILLO, colombiano, cédula de identidad de extranjero N° 14.869.859-7, 24 años, nacido en Buenaventura-Colombia el día 09 de septiembre de 1996, soltero, sin apodos, primero de bachillerato, vulcanizador, con domicilio en Alberto Mermod N° 797, Pudahuel y de LAINER VALDEZ RENTERÍA, colombiano, cédula de identidad de extranjero N° 25.086.112-5, 25 años de edad, nacido en Colombia el día 09 de octubre de 1995, soltero, cuarto medio completo, vendedor ambulante, domiciliado en Carlos Palacio 1048, población Bulnes, Renca, Santiago. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto Daniel Contreras Castillo y por la defensa del acusado Ocoro Murillo la abogada de confianza Nicol Opazo Inostroza y de Valdez Rentería, el abogado de la Defensoría Penal Pública Lucas Grez Morel. Todos los letrados con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación: La acusación fiscal descansó en los siguientes hechos: “El día jueves 15 de noviembre de 2018, alrededor de las 12:50 horas, frente al domicilio ubicado en Óscar Castro N° 1381, comuna de Pudahuel, funcionarios de Carabineros observaron al imputado Lainer Valdez Rentería, mientras entregaba un envoltorio a otro sujeto que más tarde fue individualizado como Robinson Montaño. Paralelamente al costado de Lainer Valdez Rentería se encontraba un sujeto que observaba en todas las direcciones con un revolver en su cinto, prestando claramente labores de cobertura, individualizado como Jhanpier Manuel Ocoro Murillo. Es así que antes que se realizara la venta, funcionarios de Carabineros se identifican como tales, huyendo los imputados al interior del inmueble. Carabineros, ante la flagrancia, ingresaron al inmueble, deteniendo a Jhanpier Ocoro Murillo, saliendo del baño del segundo piso, encontrando en el interior de este baño el revólver, color negro, marca HVM, con 06 cartuchos en su cilindro sin percutir, además de una bolsa con 18 tiros calibre 38. En dicho instante también fue detenido el imputado Lainer Valdez Rentería, encontrando a su costado una bolsa que contenía 42 envoltorios de pasta CLAUDIO ALEJANDRO HENRIQUEZ ALARCON Juez Redactor Fecha: 12/03/2021 17:47:43 CARMEN PATRICIA RIQUELME GONZALEZ Juez Presidente Fecha: 12/03/2021 17:54:50 GGXGTRDFRC CLAUDIA MARCELA GALAN VILLEGAS Juez Integrante Fecha: 12/03/2021 19:45:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Pági

Fallo

por tanto, un incumplimiento al artículo 85 del Código Procesal Penal y además la ausencia de motivos legales para ingresar al inmueble, pues no había antecedentes objetivos que permitiera entender que se cometía un delito, ya que la policía no se sabía que era droga ni que el arma era apta para el disparo. Asimismo, añadió como argumento que no se logrará acreditar con prueba suficiente la intervención de su representado en el tráfico, pues éste junto a otra persona de nombre Robinson Montaño pasaron únicamente a comprar droga, siendo recibidos por el arrendatario Gonzalo Aguilar Acevedo, empero le atribuyeron la venta de un envoltorio de pasta base y más droga dentro del inmueble, sin que portara dicha bolsa. De otra parte, el Ministerio Público en su clausura señaló que, con la prueba rendida en el juicio, esto es la testimonial, pericial y documental, se demostró la existencia de los respectivos delitos y la participación atribuida ambos enjuiciados, conforme se describió en la acusación. Indicó que ambos ilícitos se hallaban unidos con el mismo fin ilícito y luego analizó las declaraciones de los acusados, concluyendo que hubo contradicciones entre sí, en cambio las declaraciones policiales fueron coincidentes una con otra, como con la restante prueba rendida. Finalmente señaló que Ocoro Murillo debiera ser condenado por microtráfico y arma de fuego, dejando a criterio del tribunal si condenarlo o no también por el delito de porte ilegal de municiones A su turno, la

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Página 1 de 28 R.U.C. 1801127961-5 RIT 115-2019..-.- En Santiago, a viernes doce de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización: Ante esta Sala del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago se llevó a efecto la audiencia de juicio oral seguido en contra de JHANPIER MANUEL OCORO MURILLO, colombiano, cédula de identidad de extranjero N° 14.869.85

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