Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MP C/ GONZALO RODRIGO PONCE SILVA

Rol

O-198-2020

Fecha

12 de marzo de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “El día 29 de mayo de 2020, aproximadamente a las 01:15 horas, el acusado mediante escalamiento de una de las murallas del lugar, ingresó al domicilio de la víctima don Guillermo Peña Madariaga, ubicado en pasaje Las Acacias N° 839, Villa El Parque, Casablanca, con el fin de sustraer especies con ánimo de lucro desde su interior, no logrando su objetivo, pues su propósito delictivo fue interrumpido por la acción de la propia víctima y un vecino, quienes le redujeron antes de que el acusado pudiese continuar con su propósito. Los hechos descritos, analizados en su conjunto, configuran el delito de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en los artículos 432 y 440 número 1 del Código penal que se encuentra en grado de tentado. La participación que se le atribuye al RXPETQMBVZ Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 12/03/2021 13:52:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 acusado en el delito señalado es la de autor directo, previsto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Son aplicables a la presente acusación, entre otras, las disposiciones legales de los artículos 1, 3, 5, 7, 14 número 1, 15 número 1, 18, 21, 22, 25, 26, 28, 31, 32, 39, 42, 47, 50, 56, 57, 58, 61, 432, 440 número 1 y 449, todos del Código Penal. En cuanto al procedimiento, se hacen aplicables las disposiciones de los artículos contenidos en el Libro II y especialmente la del artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal El Ministerio Público solicita se aplique al acusado la pena de siete años presidio mayor en s

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que con fecha nueve de marzo recién pasado, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidida por el Magistrado señor José Cifuentes Gil e integrada por los Jueces señor Wilson González Díaz y señora Ángela Carrasco Palma, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, vía remota mediante la aplicación ZOOM, para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de Gonzalo Rodrigo Ponce Silva, cédula nacional de identidad Nº 11.733.676—k, 49 años de edad, nacido el 21 de julio de 1971 en Quillota, albañil, soltero, sin domicilio, en situación de calle, representado por el Defensor Penal Público señor Sebastián Cáceres Núñez. Fue parte acusadora en este juicio el Ministerio Público representado por el Fiscal Adjunto señor Germán Klug Maturana. Ambos intervinientes con domicilios y formas de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Auto de apertura de juicio oral. Que el Ministerio Público dedujo acusación en contra del imputado con motivo de los siguientes hechos de que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “El día 29 de mayo de 2020, aproximadamente a las 01:15 horas, el acusado mediante escalamiento de una de las murallas del lugar, ingresó al domicilio de la víctima don Guillermo Peña Madariaga, ubicado en pasaje Las Acacias N° 839, Villa El Parque, Casablanca, con el fin de sustraer especies con ánimo de lucro desde su interior, no logrando su objetivo, pues su propósito delictivo fue interrumpido por la acción de la propia víctima y un vecino, quienes le redujeron antes de que el acusado pudiese continuar con su propósito. Los hechos descritos, analizados en su conjunto, configuran el delito de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en los artículos 432 y 440 número 1 del Código penal que se encuentra en grado de tentado. La participación que se le atribuye al RXPETQMBVZ Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 12/03/2021 13:52:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 acusado en el delito señalado es la de autor directo, previsto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Son aplicables a la presente acusación, entre otras, las disposiciones legales de los artículos 1, 3, 5, 7, 14 número 1, 15 número 1, 18, 21, 22, 25, 26, 28, 31, 32, 39, 42, 47, 50, 56, 57, 58, 61, 432, 440 número 1 y 449, todos del Código Penal. En cuanto al procedimiento, se hacen aplicables las disposiciones de los artículos contenidos en el Libro II y especialmente la del artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal El Ministerio

Fallo

por tanto a estos sentenciadores de la certeza necesaria para emitir una decisión de condena en los términos propuestos en el libelo acusatorio. Los dos funcionarios policiales Rivera y Huenchuleo trajeron a juicio los testimonios otorgados por Guillermo Peña y de un amigo de éste, a quienes entrevistaron en el lugar. Respecto de Guillermo Peña se pudo conocer su identidad en los términos precisados en la acusación fiscal y se pudo tomar conocimiento de la versión aportada por éste a los Carabineros, se desconoce en todo caso las circunstancias en las que se tomó esta declaración si fue una RXPETQMBVZ Angela Maria Carrasco Palma Juez Redactor Fecha: 12/03/2021 13:52:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 9 conversación en medio de una entrevista o una actuación más formal, así como también no se sabe ante cual funcionario lo hizo, ante uno o ante los dos, pues aquello no fue objeto de precisiones por parte del persecutor, recreándose por ambos una narración más bien escueta. Respecto del amigo que fuera mencionado por los Carabineros, cabe señalar que la acusación daba cuenta que se trataba de un vecino y no de

Texto Completo (Preview)

1 R.U.C.: 2 000 543 125 -6.- R.I.T.: 198-2020. Ministerio Público en contra de Gonzalo Rodrigo Ponce Silva. Delito: Robo en lugar habitado. Valparaíso, doce de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que con fecha nueve de marzo recién pasado, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidida por el Magistrado señor

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