C/ HÉCTOR FÉLIX VALDÉS DÍAZ
Rol
O-2772-2021
Fecha
10 de marzo de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 9 de marzo de 2021, a eso de las 23.40 horas aproximadamente, Carabineros de la Subcomisaria San Gerónimo, sorprenden al requerido transitando por el aparcadero municipal ubicado en Ángel Pimentel N° 160, comuna de Puente Alto, esto, en horario de aislamiento o toque de queda, con lo cual puso en peligro la salud pública al quebrantar las normas de salubridad impuestas por la autoridad sanitaria, a raíz del brote covid-19, sin contar con autorización o salvoconducto o permiso temporal para estar en la vía pública”. Puente Alto, a diez de marzo de dos mil veintiuno. - La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. En atención a lo antes señalado y en virtud de lo previsto en los artículos 36, 45, 47 inciso 3°, 297, 340, 341, 342, 346, 351, 388, 389, 395 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1°, 7°, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N.º 1, 15 N.º 1, 25, 30, 51, 67, 70, 318 del Código Penal, se resuelve: I.- Que se condena a HÉCTOR FÉLIX VALDÉS DÍAZ, cédula de identidad número 0016712897-1, ya individualizado, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor del delito de poner en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, cometido el día 09 de marzo del año 2021, en la comuna de Puente Alto. II.- Que la multa se tiene por pagada con el tiempo que permaneció privado de libertad con ocasión de su detención. III.- Que se le exime del pago de las costas generadas en la presente causa, en atención a la admisión de responsabilidad que ha hecho en esta audiencia y el ahorro que conlleva para el erario nacional. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad, y dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Có
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a HÉCTOR FÉLIX VALDÉS DÍAZ, cédula de identidad número 0016712897-1, ya individualizado, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor del delito de poner en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, cometido el día 09 de marzo del año 2021, en la comuna de Puente Alto. II.- Que la multa se tiene por pagada con el tiempo que permaneció privado de libertad con ocasión de su detención. III.- Que se le exime del pago de las costas generadas en la presente causa, en atención a la admisión de responsabilidad que ha hecho en esta audiencia y el ahorro que conlleva para el erario nacional. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad, y dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal si procediere en su oportunidad. Sentencia ejecutoriada. Dictada por Rodrigo Hernández Pérez, Juez del Juzgado de Garantía de Puente Alto o La presente acta sólo constituye un registro administrativo confeccionada por el funcionario de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. o Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. XESXT
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Puente Alto., diez de marzo de dos mil veintiuno Magistrado RODRIGO ANTONIO HERNANDEZ PÉREZ Fiscal JORGE CÁCERES DÍAZ Defensor MIGUEL RETAMAL FABRY Hora inicio 11:00AM Hora termino 11:13AM Sala Videoconferencia – Plataforma Zoom – Sala de Controles Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta moc RUC 2100226668-4 RIT 2772 - 2021
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