NICOLAS GONZALO REYES REYES C/ MARÍA ISABEL ECHEVERRÍA VALENZUELA
Rol
O-3414-2020
Fecha
8 de marzo de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: San Fernando, ocho de marzo de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes y 398 del Código Procesal Penal, artículos 1, 5, 11 N° 6, 15 N° 1, 66, 67, 68, 69, 70, 318 del Código Penal, disposiciones de la Ley 18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a MARÍA ISABEL ECHEVERRÍA VALENZUELA, cédula de identidad 20.463.468-8, se ignora profesión u oficio, domiciliada en LAS PITRAS 2467, BOSQUES DE SANTA CLARA, RANCAGUA, a sufrir una pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, ello como autora del delito de PONER EN PELIGRO LA SALUD PÚBLICA, previsto y sancionado en el 318 del código penal, hecho cometido en la ciudad de San Fernando, el día 05 de agosto del año 2020. II.- Que, en atención a la admisión de responsabilidad que se ha realizado de los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. SVBZTQDLER Maria Teresa Rodriguez Fondon Juez de garantía Fecha: 11/03/2021 17:11:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Que, en el evento que la sentenciada careciere de bienes para satisfacer la pena de multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose esta en un día de privación de libertad por cada tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido condenada, sin que ello pueda exceder de seis meses. Que en el evento que la pena de multa le fuere su
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes y 398 del Código Procesal Penal, artículos 1, 5, 11 N° 6, 15 N° 1, 66, 67, 68, 69, 70, 318 del Código Penal, disposiciones de la Ley 18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a MARÍA ISABEL ECHEVERRÍA VALENZUELA, cédula de identidad 20.463.468-8, se ignora profesión u oficio, domiciliada en LAS PITRAS 2467, BOSQUES DE SANTA CLARA, RANCAGUA, a sufrir una pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, ello como autora del delito de PONER EN PELIGRO LA SALUD PÚBLICA, previsto y sancionado en el 318 del código penal, hecho cometido en la ciudad de San Fernando, el día 05 de agosto del año 2020. II.- Que, en atención a la admisión de responsabilidad que se ha realizado de los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. SVBZTQDLER Maria Teresa Rodriguez Fondon Juez de garantía Fecha: 11/03/2021 17:11:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Que, en el evento que la sentenciada careciere de bienes para satisfacer la pena de
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Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha San Fernando, ocho de marzo de dos mil veintiuno Magistrado MARÍA TERESA RODRÍGUEZ FONDÓN Fiscal MARÍA ISABEL CASTRO CORNEJO Defensor LUIS CORNEJO GONZÁLEZ Hora inicio 10:48AM Hora termino 11:02AM Sala Sala 1 (VIDEOCONFERENCIA) Tribunal Juzgado de Garantía de San Fernando. Acta Paulette Romero Sánchez RUC 2000798125-3 RIT 3414 - 202
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