Juzgado de Garantía de Rancagua.

LUIS VICENTE DONOSO SOTELO C/ DANIELA ALEJANDRA BARRERA MATURANA

Rol

O-9695-2020

Fecha

8 de marzo de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que con fecha 18 de marzo el ministerio del interior y seguridad pública bajo decreto 104 decreta el estado de excepción de catástrofe por calamidad pública, el cual fue prorrogado por decreto 269 con fecha 12 de junio de 2020, que además por resolución 467 del 17 de junio de 2020 del ministerio de salud se decreta la cuarentena total en la ciudad de Rancagua y Machalí, es así, que el día 13 de julio de 2020 alrededor de las 14:30 horas, en Calle Los Miraflores Frente al n° 138, Rancagua, las imputadas DANIELA ALEJANDRA BARRERA MATURANA y VIVIANA MABEL DIAZ ABARCA fueron sorprendidas por parte de Carabineros en la vía pública, sin salvo conducto pertinente ni salvo conducto temporal que la autorice, poniendo en peligro la salud pública, infringiendo las reglas higiénicas y de salubridad decretadas en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio. Sentencia Rancagua, ocho de marzo de dos mil veintiuno Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal y demás normas aplicables en la especies, se declara: I.- Que se CONDENA A VIVIANA MABELL DÍAZ ABARCA , ya individualizada, al pago de una MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autora de una infracción del artículo 318 del Código Penal, hecho ocurrido en Rancagua el día 13 de julio de 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha efectuado de los hechos del requerimiento, no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional.- III.- En el evento que la imputada no tuviere bienes para pagar la pena de multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido condenado sin ella que puede exceder en este caso de tres días. IV.- Teniendo presente que

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA A VIVIANA MABELL DÍAZ ABARCA , ya individualizada, al pago de una MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autora de una infracción del artículo 318 del Código Penal, hecho ocurrido en Rancagua el día 13 de julio de 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha efectuado de los hechos del requerimiento, no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional.- III.- En el evento que la imputada no tuviere bienes para pagar la pena de multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido condenado sin ella que puede exceder en este caso de tres días. IV.- Teniendo presente que tiene irreprochable conducta anterior se hará aplicación del artículo 398 del Código Procesal Penal, por lo que se suspende la pena y sus efectos por el periodo de 6 meses transcurrido el cual sin que sea objeto de nuevo requerimiento o formalización se decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese ese hecho por el jefe de Unidad de Causas y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, si correspondiere. Regístrese y archívese en su oportunidad. Una vez ejecutoriada esta sentencia, téngase por expresamente alzada las medidas cautelares que pesan sobre el sentenciado, ofíciese. Téngase presente la renuncia que

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Audiencia celebrada mediante sistema de videoconferencia Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA ocho de marzo de dos mil veintiuno Ruc: 2000710531-3 Rit: 9695 - 2020 Hora Inicio: 09.40 Hora Término: 09.56 Juez: CAROLINA PIA LAZEN MALDONADO Tipo de Audiencia: Preparación de juicio simpl

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