Juzgado de Garantía de Villarrica.

MINISTERIO PUBLICO C/ MARIO ANDRÉS GALLARDO SOTOMAYOR

Rol

O-414-2021

Fecha

11 de marzo de 2021

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 14, 30, 49, 50, 60, 68, 70, 432, 494 bis del Código Penal; artículo 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I.- Que, se condena a MARIO ANDRÉS GALLARDO SOTOMAYOR, Cédula de Identidad N° 17.363.044-1, en calidad de autor de la falta hurto contemplada en el artículo 494 bis del Código Penal en grado de consumada, ocurrida en la comuna de Villarrica el día 10 de marzo de 2021, a la pena de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO; suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio de la Ilustre Municipalidad de Villarrica. II.- Que, se exime al imputado del apremio establecido respecto de la pena de multa, contemplado en el artículo 49 inciso 1° del Código Penal en razón de lo dispuesto en el inciso 3° de la misma norma. III.- Servirá de abono al imputado el día que permaneció privado de libertad por esta causa, esto es, el día 10 de marzo de 2021, en calidad de detenido, por lo que la pena privativa de libertad impuesta en esta causa se dará por cumplida. IV.- Que, no se condena en costas a la requerida, por haber aceptado su responsabilidad en los hechos. Anótese, Regístrese y Archívese en su oportunidad. Ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictado por doña VIVIANA ISOLDA CÁRDENAS BELTRAN, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villarrica

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-2415897 Email jgvillarrica@pjud.cl 1 FECHA Villarrica, once de marzo de dos mil veintiuno. RUC 2100231307-0 RIT 414-2021 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MARIO ANDRÉS GALLARDO SOTOMAYOR 0017363044-1 EN SITUACIÓN DE CALLE SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra regi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica