AGUIRRE/ASESORIAS Y SERVICIOS EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Y ADUANA GBC LTDA
Rol
M-2569-2020
Fecha
24 de diciembre de 2020
Materia
Costas, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 161, 162, 163 168 172 173 446 y siguientes, 456 457, 459, 500 y siguientes del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil, se declara: I. Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por Camila Andrea Aguirre Soto en contra de ASESORIAS Y SERVICIOS EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Y ADUANA GBC LTDA ambos ya individualizados, declarándose justificado el despido de que fue objeto. II. No se condena en costas a la parte demandante por estimar el tribunal que tuvo motivo plausible para litigar. Siendo las 12:30 se pone término a la presente audiencia. Dictada en audiencia por doña MARÍA VERÓNICA TORRES REYES, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veinticuatro de diciembre de dos mil veinte. REGISTRO DE AUDIO
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de las partes. Comparece doña Camila Andrea Aguirre Soto, Cédula de Identidad N° 18.696.462-4; domiciliada para estos efectos en calle Lord Cochrane 298, Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda de despido indebido, improcedente e injustificado y cobro de Prestaciones en contra de ASESORIAS Y SERVICIOS EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Y ADUANA GBC LTDA., empresa del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº 76.105.629-8, representada legalmente, por don KARIN RODRIGUEZ ITURRA, Cedula Nacional de Identidad N° 12.930.906-7, ambos domiciliados para estos efectos en calle Matías Causiño Nº 82, departamento/ oficina 501, Santiago.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 161, 162, 163 168 172 173 446 y siguientes, 456 457, 459, 500 y siguientes del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil, se declara: I. Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por Camila Andrea Aguirre Soto en contra de ASESORIAS Y SERVICIOS EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Y ADUANA GBC LTDA ambos ya individualizados, declarándose justificado el despido de que fue objeto. II. No se condena en costas a la parte demandante por estimar el tribunal que tuvo motivo plausible para litigar. Siendo las 12:30 se pone término a la presente audiencia. Dictada en audiencia por doña MARÍA VERÓNICA TORRES REYES, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veinticuatro de diciembre de dos mil veinte. REGISTRO DE AUDIO
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA CONTINUACION AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Santiago 24 de diciembre de 2020 RUC 2040290654-6 RIT M-2569-2020 CARATULADO AGUIRRE/ASESORIAS Y SERVICIOS EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Y ADUANA GBC LTDA MAGISTRADO MARIA VERONICA TORRES REYES ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIO SEPÚLVEDA PINO HORA DE INICIO 11:36 HORA DE TERMINO
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica