ERICK ELADIO CAMPOS SANDOVAL C/ HUGO ALEJANDRO AEDO PÉREZ
Rol
O-31-2020
Fecha
5 de marzo de 2021
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Con fecha 15 de Enero de 2019, en horas de la tarde, personal de carabineros sorprendió al acusado Aedo Pérez en su domicilio ubicado Población Nueva Rio Viejo, Los Picunches N°125 de la comuna de Chillán donde sembró, plantó y cosechó especies vegetales del genero cannabis sativa sin la debida autorización. Específicamente en el patio posterior del inmueble se encontró 4 plantas dispuestas directamente en la tierra, hidratadas y en proceso de crecimiento de una altura entre 150 y 220 centímetros. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran el delito de cultivo de especies vegetales del género cannabis sativa, previsto y sancionado en el artículo 8° de la Ley 20.000, en grado de consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor. Agrega la Fiscalía que concurre la circunstancia agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal. Por lo anterior, el Ministerio Público requiere se imponga al acusado HUGO ALEJANDRO AEDO PÉREZ la pena de 5 años de presidio menor en su grado mínimo, multa de 40 unidades tributarias mensuales, más las penas accesorias. Del mismo modo, se solicitó que se ordene la toma de muestra de sangre del acusado para la determinación de su huella genética e incorporación de la SDNQTXMZPQ Raul Eduardo Romero Saez Juez Redactor Fecha: 05/03/2021 13:21:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 misma en el Sistema Nacional de Registro de ADN para condenados y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos. En el alegato de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha uno de marzo de dos mil veintiuno, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por los jueces titulares Juan Pablo Lagos Ortega, quien la presidió, Oscar Ruiz Paredes, como integrante y Raúl Romero Sáez, como redactor, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de HUGO ALEJANDRO AEDO PÉREZ, cédula nacional de identidad N°17.061.820-3, de 34 años, soltero, obrero de la construcción, domiciliado en calle Los Cerezos Nº 130, Población Nueva Río Viejo, Chillán. El acusado estuvo representado por la Defensoría Penal Pública, abogada Rocío Burgess Gutiérrez, domiciliada en Arauco N°343, Chillán. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Juan Rohr Bocaz, domiciliado en Avenida O’Higgins N°180, Chillán. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Con fecha 15 de Enero de 2019, en horas de la tarde, personal de carabineros sorprendió al acusado Aedo Pérez en su domicilio ubicado Población Nueva Rio Viejo, Los Picunches N°125 de la comuna de Chillán donde sembró, plantó y cosechó especies vegetales del genero cannabis sativa sin la debida autorización. Específicamente en el patio posterior del inmueble se encontró 4 plantas dispuestas directamente en la tierra, hidratadas y en proceso de crecimiento de una altura entre 150 y 220 centímetros. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran el delito de cultivo de especies vegetales del género cannabis sativa, previsto y sancionado en el artículo 8° de la Ley 20.000, en grado de consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor. Agrega la Fiscalía que concurre la circunstancia agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal. Por lo anterior, el Ministerio Público requiere se imponga al acusado HUGO ALEJANDRO AEDO PÉREZ la pena de 5 años de presidio menor en su grado mínimo, multa de 40 unidades tributarias mensuales, más las penas accesorias. Del mismo modo, se solicitó que se ordene la toma de muestra de sangre del acusado para la determinación de su huella genética e incorporación de la SDNQTXMZPQ Raul Eduardo Romero Saez Juez Redactor Fecha: 05/03/2021 13:21:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 misma en el Sistema Nacional de Registro de ADN para condenados y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos. En el alegato de apertura el Ministerio Público expresó que no será inconveniente probar que el acusado cult
Fallo
fallo rol 4949-2015 de la Corte Suprema. CUARTO: Declaración del acusado. Que el acusado, informado por el juez presidente del derecho a guardar silencio y de los alcances que importa la renuncia para ejercer su autodefensa, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 326 inciso tercero, en relación con el inciso segundo del artículo 8, ambos del Código Procesal Penal, optó por declarar señalando lo siguiente: Que en septiembre no recuerda de que año, después de salir del trabajo fue al centro había un lugar donde antes estaba el Blockbuster hay un “Grow” donde venden estos de las semillas, así es que entró, porque ya estaba aburrido de salir a comprar, arriesgándose a la Vicente, varias veces le habían quitado la plata hartas veces, por $ 10.000 le dieron cuatro semillas, le preguntó al joven del Grow si las podía tener en el patio, le dijeron que sí, que había que echarles agüita, así es que las plantó para consumir, para no andar comprando arriesgándose, las plantó y fueron creciendo con el tiempo. Un día en el verano, llegó Carabineros del OS7 por las plantas, les abrió el candado, los hizo pasar y les dijo que eran para su consumo y revisaron toda la casa y eso fue lo que pasó no más, siempre les dijo que eran para su consumo, no quería arriesgarse a que le pegaran y le quitaran la plata. Al Ministerio Público indicó que es consumidor de marihuana, cuando era más joven le hacía a otras drogas, consume desde muy niño, la marihuana SDNQTXMZPQ Raul Eduardo Romero Saez J
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1 C/ HUGO ALEJANDRO AEDO PÉREZ FALTA DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY 20.000 EN RELACIÓN AL ARTÍCULO 8 MISMA LEY RUC 1900070578-3 RIT 31 - 2020 CÓDIGO DELITO: 7006/ Chillán, cinco de marzo de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha uno de marzo de dos mil veintiuno, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrad
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