MP C/ SEBASTIÁN ALEXANDER MUÑOZ YÉVENES
Rol
O-6907-2020
Fecha
4 de marzo de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos: , , 5 N° , del Código Penal; artículos , , 5 y siguientes, 9 , , y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a SEBASTIÁN ALEXANDER MUÑOZ YÉVENES, cédula de identidad . . 5- K, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado consumado, supuestamente perpetrado en horas de la tarde del día de julio de , en el Mirador Faro Punta Ángeles, de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento, si no se interpusiere recurso procedente. No hay renuncia a plazos. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /ebj TZXXTXFKGW Nora Antonieta Bahamondes Acevedo Juez de garantía Fecha: 06/03/2021 22:15:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-03-06T22:15:42-0400 Corte Suprema Nora Antonieta Bahamondes Acevedo Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a SEBASTIÁN ALEXANDER MUÑOZ YÉVENES, cédula de identidad . . 5- K, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado consumado, supuestamente perpetrado en horas de la tarde del día de julio de , en el Mirador Faro Punta Ángeles, de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento, si no se interpusiere recurso procedente. No hay renuncia a plazos. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /ebj TZXXTXFKGW Nora Antonieta Bahamondes Acevedo Juez de garantía Fecha: 06/03/2021 22:15:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-03-06T22:15:42-0400 Corte Suprema Nora Antonieta Bahamondes Acevedo Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: RUC - //RIT 9 - . C/ MUÑOZ YÉVENES, SEBASTIÁN ALEXANDER , cédula de identidad . . 5-K, años de edad, nacido el de junio de , estudiante, domiciliado en calle Chaparro N° , cerro Cordillera, Valparaíso. Valparaíso, cuatro de marzo de dos mil veintiuno. Y visto además lo dispuesto en los artículos: , , 5 N° , del Código Penal; artículos , , 5 y siguientes, 9 , , y siguientes del Código
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