Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

PARADA/IMPERMEABILIZACIONES Y OBRAS MENORES OSCAR GONZALEZ MESAS E.I.R.L.

Rol

O-1181-2018

Fecha

23 de diciembre de 2020

Materia

Costas, Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. Que con fecha 27 de mayo de 2019, la parte demandante y demandada Constructora Armas Limitada presentaron transacción, en virtud de la cual la demandada antes individualizada pagó al actor la suma de $2.000.000.-, prosiguiéndose la causa en contra de Obras Menores Oscar González Mesas E.I.R.L., en contra de la sociedad G y R Constructora Oscar González Mesas E.I.R.L. y en contra de Oscar Manuel González Mesas. CUARTO: Que en orden a acreditar los

Fundamentos

considerando: PRIMERO : Que Carlos Felipe Parada Vera, trabajador, con domicilio en Oscar Marín 1981, Villa La Estancia, San Felipe, interpone demanda en procedimiento ordinario laboral por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de Oscar Manuel González Mesas, empresario dedicado al rubro de la construcción, terminación y reparación de edificios, domiciliado en Senda A 264, block 27, departamento 12, La Granja, en contra de Impermeabilizaciones y Obras Menores Oscar González Mesas E.I.R.L y en contra de G y R Constructora Oscar González Mesas E.I.R.L., estas últimas dedicadas al giro de la terminación y acabado de edificios, representadas legalmente por Oscar Manuel González Mesas, todos domiciliados en Senda A 264, block 27, departamento 12, La Granja, a quienes demanda como un sólo empleador en conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º del Código del Trabajo y, subsidiariamente, para el caso que se estime que no concurren las condiciones para considerar a las demandadas como un solo empleador, demanda sólo a Impermeabilizaciones y Obras Menores Oscar González Mesas E.I.R.L., asimismo, interpone demanda, en calidad de responsable solidaria o subsidiaria, a la luz de lo previsto por los artículos 183-A y 183-B del Código del Trabajo, en contra de Constructora Armas Limitada, del giro de su denominación, representada legalmente por Cristián Andrés Armas Morel, todos domiciliados en Manquehue Nº1220, Las Condes, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene a la parte demandada al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión señala que las demandadas Impermeabilizaciones y Obras Menores Oscar González Mesas E.I.R.L., G y R Constructora Oscar González Mesas E.I.R.L. y Oscar Manuel González Mesas, tienen el mismo giro, el mismo domicilio, el mismo representante legal, están societariamente relacionadas dado que ambas empresas fueron constituidas por este último para explotar su negocio y operan bajo una dirección común ejercida por este último, por lo que son conocidas por sus trabajadores y clientes como una sola empresa, en consecuencia, concurren las condiciones establecidas en el artículo 3o del Código del Trabajo, para considerar a las demandadas como un solo empleador. Explica que ingresó a prestar servicios para la demandada, el 1 de junio de 2016, para desempeñarse como jefe de terreno en las distintas obras que ejecutaba su empleadora, suscribiendo contrato de trabajo con Constructora G y R Limitada, hoy G y R Constructora Oscar González Mesas E.I.R.L. Añade que el 1 de septiembre de 2017, Oscar González Mesas, le presentó para la firma una modificación de contrato de trabajo en que comparecía como empleadora, la sociedad Impermeabilizaciones y Obras Menores Oscar González Mesas E.I.R.L reconociendo su antigüedad laboral desde el 1 de junio de 2016. Afirma que ejecutó sus labores en las distintas obras de la demandada solidaria Constructora Armas Limitada, a la que su em

Fallo

en mérito de lo expuesto y normas legales que invoca, solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigna en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que las demandadas no contestaron el libelo incoado en su contra, por lo que nada expusieron con relación a las pretensiones del actor y se tuvo por evacuado dicho trámite en su rebeldía. TERCERO: Que celebrada la audiencia preparatoria, solo compareció a ella la parte demandante y demandada Constructora Armas Limitada y habiendo fracasado el tramite de conciliación, el Tribunal procedió a recibir la causa a prueba, fijando los hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. Que con fecha 27 de mayo de 2019, la parte demandante y demandada Constructora Armas Limitada presentaron transacción, en virtud de la cual la demandada antes individualizada pagó al actor la suma de $2.000.000.-, prosiguiéndose la causa en contra de Obras Menores Oscar González Mesas E.I.R.L., en contra de la sociedad G y R Constructora Oscar González Mesas E.I.R.L. y en contra de Oscar Manuel González Mesas. CUARTO: Que en orden a acreditar los fundamentos de su pretensión, la parte demandante ofreció e incorporó en la audiencia de juicio la prueba documental singularizada en el acta respectiva, la que para todos los efectos legales se da por expresamente reproducida en lo pertinente y, atendida la no comparecencia de las demandadas, solicitó

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Procedimiento : Ordinario Materia : Despido Indirecto Demandante : Carlos Felipe Parada Vera Demandado : Impermeabilizaciones Oscar Gonzalez Mesas E.I.R.L. RIT : O-1181-2018 RUC : 18- 4-0154068-3 _______________________________________________________________/ San Miguel, veintidós de diciembre de dos mil veinte. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO : Que Carlos Felipe Parada Vera, trabajador, c

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