ARIAS/COMERCIAL IVS S.A.
Rol
M-191-2020
Fecha
22 de diciembre de 2020
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, y según lo señala el artículo 453 N°3 inciso segundo del Código del Trabajo, omitirá recibir la causa a prueba y se hará admisión tácitas de los hechos señalados en la demanda, cuyo efecto notificará la sentencia por correo electrónico a la parte demandante y por estado diario a la demandada. CONSTANCIA Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Ilustrísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. Se procede a dictar sentencia. En Santiago, a veintidós de diciembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO. Que compareció al proceso don Eduardo Alejandro Arias Morales, ya individualizado en la presente audiencia quien demanda en dicho procedimiento monitorio por despido indirecto y nulidad del despido en contra de Comercial IVS S.A., representada por don Pablo Lema Vargas. Vistos, además en lo dispuesto en los artículos 7,° 8°, 9°, 73, 160, 162, 168, 171, 453, del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda de autos, interpuesta por Eduardo Alejandro Arias Morales en contra de la demandada Comercial IVS S.A., representada por don Pablo Lema Vargas, y en consecuencia se declara: a) justificado el autodespido del actor y la nulidad del despido. b) La demandada deberá pagar la suma de $652.846.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. c) La demandada deberá pagar la suma de $652.846.- por concepto de indemnización por años de servicios, más el recargo legal del 50% ascendente a las suma de $326.423.- d) Que la demandada deberá pagar la suma de $105.474.- por concepto de feriado proporcional adeudado. e) La demandada pagar las remuneración y demás prestaciones derivadas del Contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo por una base de una remun
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda de autos, interpuesta por Eduardo Alejandro Arias Morales en contra de la demandada Comercial IVS S.A., representada por don Pablo Lema Vargas, y en consecuencia se declara: a) justificado el autodespido del actor y la nulidad del despido. b) La demandada deberá pagar la suma de $652.846.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. c) La demandada deberá pagar la suma de $652.846.- por concepto de indemnización por años de servicios, más el recargo legal del 50% ascendente a las suma de $326.423.- d) Que la demandada deberá pagar la suma de $105.474.- por concepto de feriado proporcional adeudado. e) La demandada pagar las remuneración y demás prestaciones derivadas del Contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo por una base de una remuneración ascendente a la suma de $652.846.- además de las cotizaciones de seguridad social reclamadas en autos y los periodos antes señalados, esto es, noviembre y diciembre de 2018; enero, febrero , marzo, abril, mayo y junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del año 2019, ante las instituciones de Afp Modelo, Afc Chile y Fonasa. f) Las cantidades referidas deberán ser pagadas, con los reajustes e intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II. Que no se condena en costa a la demandada por no haber existido oposición a su respecto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se notificará de la presente sentencia
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 22/12/2020, Santiago RUC 20- 4-0245328-2 RIT M-191-2020 CARATULADO ARIAS/COMERCIAL IVS S.A. MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Javiera Natalia Pino Osorio HORA DE INICIO 12:30 HORA DE TERMINO 12:58 SALA 3.1 (Sala virtual 13) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040
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