GUSTAVO ADOLFO PINO ALARCON C/ EDELBERTO MAXIMILIANO ORTIZ GONZÁLEZ
Rol
O-1306-2020
Fecha
3 de marzo de 2021
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se ha presentado por la fiscalía local requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Edelberto Maximiliano Ortiz González, cédula nacional de identidad número 16.870.940-4, trabajador, con domicilio en calle San Francisco de Asís N°1513, comuna de Puerto Natales, Fono: 942893099. El requerimiento fue formulado por el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, descrito y sancionado en el artículo 110, 111 y 209, con relación al artículo 196, todos de la Ley 18.290, y por el delito consumado de atentado contra la salud pública por infracción a las reglas higiénicas o salubridad debidamente publicadas por la autoridad, descrito en el artículo 318 del Código Penal, correspondiéndole participación en calidad de autor y fundado en los siguientes hechos: El día 20 de diciembre del año 2020, alrededor de 02:00 horas, en circunstancias que personal policial efectuaba patrullajes preventivos en esta comuna, advierten que el imputado de Edelberto Maximiliano Ortiz González, ya individualizado, conducía el vehículo placa patente XN-4930 en estado de ebriedad y sin contar con licencia de conducir. Su alcoholemia arrojo 1,78 gramos por mil de alcohol en la sangre. Estos hechos los ejecutó el acusado incumpliendo las normas de salubridad impuestas por la autoridad en tiempo de epidemia y catástrofe, derivadas del virus COVID-19, y que dice relación con el periodo de toque de queda que va desde las 22:00 hasta las 05.00 horas. SEGUNDO: Que para fundar el requerimiento el Ministerio Público ha invocado los siguientes antecedentes: 1. Parte policial respectivo emanado de Carabineros de esta ciudad. 2. Informe de alcoholemia emitido por el Servicio Médico Legal. 3. Testigos y peritos que se individualizan. TERCERO: Que la fiscal estima concurren las circunstancias atenuantes del artículo 11 Nºs 6 y 9 del Código Penal y solicita por el primer ilícito la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria del grado, multa de dos unidades tributarias mensuales y suspensión de la licencia de conducir por el plazo de dos años, en tanto por el HZTXTNHLLP Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 03/03/2021 09:17:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl segundo delito requiere la pena de seis unidades tributarias mensuales, además de las costas del proceso. CUARTO: Que el imputado ha manifestado que las circunstancias y hechos contenidos en el requerimiento son efectivos y ha
Fallo
SE DECLARA: I. Que se acoge el requerimiento en procedimiento simplificado presentado por el Ministerio Público y se condena a Edelberto Maximiliano Ortiz González, cédula nacional de identidad número 16.870.940-4, como autor del delito consumado de HZTXTNHLLP Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 03/03/2021 09:17:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196, con relación a los artículos 110, 111 y 209, todos de la Ley 18.290, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de dos (2) unidades tributarias mensuales que podrá pagar en cuatro (4) cuotas iguales, mensuales y sucesivas a contar del mes en que la presente sentencia quede ejecutoriada y suspensión de su licencia de conducir por el término de dos (2) años, plazo que se contabilizará desde el día en que la presente sentencia quede ejecutoriada, haciendo presente que el imputado no cuenta con dich
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Juzgado de Garantía de Natales Procedimiento Simplificado RIT 1306-2020 RUC 2001278113-0 Imputado: Edelberto Ortiz González Materia: Manejo estado de ebriedad y Otro Juez Titular: Jorge Lavin Saint-Pierre Fecha de ingreso: 30 de diciembre de 2020 Fecha de sentencia: 3 de marzo de 2021 Código: 14004, 535 Puerto Natales, a tres de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de c
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