Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MARIA JOSE ARRIAGADA ABARCA C/ MATÍAS ALEJANDRO PICHÚN VÉLIZ

Rol

O-3708-2018

Fecha

25 de febrero de 2021

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 399 y 494 N°5 del Código Penal; artículos 1 y 5 de la Ley 20.066; artículos 207, 295 y 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a don MATÍAS ALEJANDRO PICHÚN VÉLIZ, ya individualizado al inicio de la audiencia, del requerimiento formulado en su contra, que lo sindicaba de ser autor de un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, que se decía cometido por él, en grado de desarrollo de consumado, en territorio de esta jurisdicción el día 19 de febrero del año 2018. II.- Que, se declara así mismo, que por haber tenido plausible para litigar y por no ser de su responsabilidad la incomparecencia de la prueba del juicio, se exime al Ministerio Público de las costas de la causa. Los intervinientes renuncian a los términos y recursos legales, quedando la presente sentencia ejecutoriada con esta fecha. Se ordena dejar sin efecto las medidas cautelares que se hubieren decretado. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez de Garantía de Viña del Mar. EEMCTNBJJB Aida Cecilia Torres Salgado Juez de garantía Fecha: 02/03/2021 09:24:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-03-02T09:24:20-0400 Corte Suprema Aida Cecilia Torres Salgado Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve a don MATÍAS ALEJANDRO PICHÚN VÉLIZ, ya individualizado al inicio de la audiencia, del requerimiento formulado en su contra, que lo sindicaba de ser autor de un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, que se decía cometido por él, en grado de desarrollo de consumado, en territorio de esta jurisdicción el día 19 de febrero del año 2018. II.- Que, se declara así mismo, que por haber tenido plausible para litigar y por no ser de su responsabilidad la incomparecencia de la prueba del juicio, se exime al Ministerio Público de las costas de la causa. Los intervinientes renuncian a los términos y recursos legales, quedando la presente sentencia ejecutoriada con esta fecha. Se ordena dejar sin efecto las medidas cautelares que se hubieren decretado. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez de Garantía de Viña del Mar. EEMCTNBJJB Aida Cecilia Torres Salgado Juez de garantía Fecha: 02/03/2021 09:24:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-03-02T09:24:20-0400 Corte Suprema Aida Cecilia Torres Salgado Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

Fecha Viña del Mar, veinticinco de febrero de dos mil veintiuno Magistrado AÍDA CECILIA TORRES SALGADO RUC 1800184171-4 RIT 3708 - 2018 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MATÍAS ALEJANDRO PICHÚN VÉLIZ 0017326613-8 Calle 22 NORTE Nº 1555 Viña del Mar. SENTENCIA VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente

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