Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes.

MINISTERIO PUBLICO . . C/ ALEJANDRA SOLEDAD MOYA TRONCOSO

Rol

O-52-2020

Fecha

26 de febrero de 2021

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que el Ministerio Público deduce acusación fiscal en contra de doña Alejandra Soledad Moya Troncoso cédula de identidad N°14.623017-2, domiciliada en Paulino Flores N°447. Quillón, representada por la defensora doña Karen Fuentes Placencia. Hechos: El día 13 de enero de 2020 carabineros de Chile recibió una denuncia que daba cuenta que la imputada doña Alejandra Moya Troncoso junto a su pareja, se estaba dedicando a la venta de marihuana en su domicilio ubicado en calle Juan Paulino Flores de la comuna de Quillón. Con esta información mediante una orden de investigar, personal de OS7 de carabineros requirió a la imputada una entrada y registro voluntario al inmueble encontrando al interior de éste seis plantas del género Cannabis sativa que cultivaba, cuatro de ellas en macetero y dos en la tierra las que medían entre 70 y 280 centímetros, además sobre un nylon al interior del patio mantenía marihuana elaborada tipo granel que arrojó un pesaje de 537 gramos. Atendida las circunstancias de posesión de esta marihuana, ésta era con fines de venta, por lo que el Ministerio Público estima que nos encontramos frente a dos delitos, el primero de ellos es la figura de cultivo de cannabis del artículo 8° inciso segundo de la Ley 20.000 y la figura de tráfico de drogas del artículo 3° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000. Se atribuye participación como autora de ambos delitos en grado de desarrollo consumado, respecto de cada uno de ellos. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: concurren las atenuantes del artículo 11N°6 y N°9 del Código Penal, que emanan del extracto de filiación y antecedentes sin anotaciones y la colaboración sustancial, además de la aceptación de los hechos, a partir de la colaboración al procedimiento desde las primeras actuaciones de la entrada y registro voluntario del domicilio. Pena pedida: Por el delito de cultivo del artículo 8° inciso 2° del Ley 20.000, la pena de 41 días de prisión en su grado máxim

Fallo

por tanto, concurren los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal del artículo 8° de la Ley de Drogas. El primero de ellos queda acreditado por la conducta desplegada por la acusada de sembrar, plantar, cultivar o cosechar dichas especies de vegetales de cannabis sativa, en su domicilio, y el segundo, esto el elemento subjetivo, porque el comportamiento desarrollado por la acusada lo realizó sin la debida autorización y sin una causa que justificara que dicho destino era para su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo o con fines medicinales. Que, en cuanto al delito de tráfico de drogas, lo que ha resultado acreditado es que el procedimiento se inició por una denuncia que refería, de acuerdo con lo señalado en el parte policial N°48 de fecha 20 de enero de 2020 y en la acusación fiscal y que fueron aceptados por la acusada que: ” que doña Alejandra Moya Troncoso junto a su pareja, se estaba dedicando a la venta de marihuana en su domicilio ubicado en calle Juan Paulino Flores de la comuna de Quillón”. A raíz de tal denuncia y ante la autorización de la imputada para ingresar a su domicilio sólo se encontraron, en el patio del inmueble, seis plantas de marihuana entre 280 y 70 centímetros de altura y 537 gramos de marihuana elaborada a granel en proceso de secado, sin que se encontraran otros elementos propios del tráfico de drogas como papelillos, bolsas dosificadoras, balanza o dinero en billetes de baja denominación. Que, en este punto, debe teners

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Bulnes, veintiséis de febrero de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO: Que el Ministerio Público deduce acusación fiscal en contra de doña Alejandra Soledad Moya Troncoso cédula de identidad N°14.623017-2, domiciliada en Paulino Flores N°447. Quillón, representada por la defensora doña Karen Fuentes Placencia. Hechos: El día 13 de enero de 2020 carabineros de Chile recibió una denuncia que daba cuent

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