1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CUELLAR/EVERIS CHILE S.A

Rol

O-3661-2020

Fecha

21 de diciembre de 2020

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. SENTENCIA Santiago, 18 de diciembre de 2020 PRIMERO: Ha comparecido doña HILDA MARCELA CUELLAR DÍAZ, cédula de identidad nº 10.579.843-1, domiciliada en Los Veleros 4551, Ñuñoa, Región Metropolitana, representada legalmente por don RODRIGO ARNALDO GUAJARDO VEGA, cédula de identidad nº 15.668.104-0, demandando a la empresa EVERIS CHILE S.A, rut N° 96.886.110-7, en atención a que considera que el despido que fue objeto el día 15 abril de 2020 ha sido injustificado dado que la causal que se invocó, necesidades de la empresa, no es real y no es cierto el proceso de reestructuración que se invoca como tal en la carta de despido. SEGUNDO: Atendido la incomparecencia de la parte demandada, le va a hacer imposible probar los hechos contenidos en la carta de despido, lo cual va a conducir necesariamente a que se acoja la demanda deducida en estos autos. TERCERO: Además de aquello, se ha hecho aplicación del artículo 453 nº 1 inciso séptimo del Código del Trabajo, en consecuencia, se acogerá la demanda en la manera que se dirá en lo resolutivo. Por lo anterior se declara lo siguiente: 1. SE ACOGE la demanda deducida en estos autos. Se declara que el despido de que fue objeto doña HILDA MARCELA CUELLAR DÍAZ en estos autos ha sido injustificado y en consecuencia se condena a la parte demandada EVERIS CHILE S.A a pagar las siguientes prestaciones: i. 30% del recargo legal de artículo 168 letra A del Código del Trabajo, por la suma de $ $2.272.808 pesos. ii. Devolución del descuento realizado al aporte del seguro de cesantía, por la suma de $ $1.427.201 pesos. iii. Atendida su incomparecencia, se condena a la parte demandada a pagar las costas de la causa, las que se regulan prudencialmente en el 10% de lo decidido a condenar a aquella parte, vale decir, la suma de $370.000. Ejecutoriada que sea esta sentencia, pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral, a fin de obtener su cobro respectivo. Dirigió la audiencia

Fallo

se decide hacer aplicación del artículo 453 nº 1 inciso séptimo del Código del Trabajo y se procede a dictar sentencia inmediata entendiendo que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. SENTENCIA Santiago, 18 de diciembre de 2020 PRIMERO: Ha comparecido doña HILDA MARCELA CUELLAR DÍAZ, cédula de identidad nº 10.579.843-1, domiciliada en Los Veleros 4551, Ñuñoa, Región Metropolitana, representada legalmente por don RODRIGO ARNALDO GUAJARDO VEGA, cédula de identidad nº 15.668.104-0, demandando a la empresa EVERIS CHILE S.A, rut N° 96.886.110-7, en atención a que considera que el despido que fue objeto el día 15 abril de 2020 ha sido injustificado dado que la causal que se invocó, necesidades de la empresa, no es real y no es cierto el proceso de reestructuración que se invoca como tal en la carta de despido. SEGUNDO: Atendido la incomparecencia de la parte demandada, le va a hacer imposible probar los hechos contenidos en la carta de despido, lo cual va a conducir necesariamente a que se acoja la demanda deducida en estos autos. TERCERO: Además de aquello, se ha hecho aplicación del artículo 453 nº 1 inciso séptimo del Código del Trabajo, en consecuencia, se acogerá la demanda en la manera que se dirá en lo resolutivo. Por lo anterior se declara lo siguiente: 1. SE ACOGE la demanda deducida en estos autos. Se declara que el despido de que fue objeto doña HILDA MARCELA CUELLAR DÍAZ en estos autos ha sido injustificado y en consecuencia se condena a la par

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 18/12/2020, Santiago RUC 20- 4-0274147-4 RIT O-3661-2020 CARATULADO CUELLAR/EVERIS CHILE S.A MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cecilia del Pilar Troncoso Lara HORA DE INICIO 11:01 Horas. HORA DE TERMINO 11:05 Horas. SALA Sala virtual 13 (5.3) Nº R

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica