Juzgado de Garantía de Los Lagos.

CARABINEROS DE CHILE SEGUN C/ SAMUEL ELÍAS BREVIS VARGAS

Rol

O-1273-2020

Fecha

25 de febrero de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2000838856-4-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a MARCO ANTONIO ORELLANA REBOLLEDO, cédula de identidad Nº 0013817283-K, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS AÑOS, como autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley de Tránsito N° 18.290. Y al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL como autor de un delito consumado de INFRACCIÓN A LAS NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 15 de agosto de 2020. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna de 22:00 a 06:00 horas del día siguiente, debiendo dar cumplimiento a dicha pena durante el tiempo que dure la condena en el domicilio que ha señalado en esta audiencia, ubicado en Sector Tomén Parcela Nº 13, Los Lagos. La fiscalización de la pena sustitutiva será de cargo de Carabineros de Chile, sin perjuicio de lo cual, la defensa tendrá el plazo de ejecutoria de esta sentencia, para presentar informe sobre la factibilidad técnica del control por monitoreo telemático. III.- Que las multas impuestas serán pagaderas en su valor nominativo conforme formulario que le será entregado por el tribunal, facultándose al condenado para el pago de la mu

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a MARCO ANTONIO ORELLANA REBOLLEDO, cédula de identidad Nº 0013817283-K, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS AÑOS, como autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley de Tránsito N° 18.290. Y al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL como autor de un delito consumado de INFRACCIÓN A LAS NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 15 de agosto de 2020. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna de 22:00 a 06:00 horas del día siguiente, debiendo dar cumplimiento a dicha pena durante el tiempo que dure la condena en el domicilio que ha señalado en esta audiencia, ubicado en Sector Tomén Parcela Nº 13, Los Lagos. La fiscalización de la pena sustitutiva será de cargo de Carabineros de Chile, sin perjuicio de lo cu

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Sentencia en procedimiento simplificado. Los Lagos, veinticinco de febrero de dos mil veintiuno. VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2000838856-4-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a MARCO ANTONIO ORELLANA REBOLLEDO, cédula de identidad Nº 0013817283-K, ya individualizado, a una pen

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