Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

PERALES/COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A.

Rol

M-850-2020

Fecha

19 de diciembre de 2020

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos propiamente tales, y por tanto, tampoco hechos legalmente alegados por mi empleador que sustenten su despido; se le hace aplicable lo dispuesto en el artículo 454 N°1 inciso 2°, en cuanto corresponderá en primer lugar al demandado la rendición de la prueba, debiendo acreditar la veracidad de los hechos imputados en las comunicaciones a que se refieren los incisos primero y cuarto del artículo 162, sin que pueda alegar en el juicio hechos distintos como justificativos del despido, por lo que solicita se declare indebido el despido del cual fue objeto, con costas. Interpone además demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleadora por los siguientes conceptos: - $455.760.- por concepto de recargo del 30% indicado en el artículo 168 del Código del Trabajo, en relación a los artículos, aumentada esta última de acuerdo a las siguientes reglas b) En un cincuenta por ciento, la suma de $454.908.- por concepto de diferencia en el pago de la indemnización por años de servicios, atendido el monto de la última remuneración. En el caso de autos la demandada no pagó el total de la referida indemnización ya que efectuó el descuento por aporte al seguro de cesantía en circunstancias que no debió hacerlo ya que la aplicación de la causal de despido era del todo injustificada e improcedente. Cita lo resuelto por nuestra Excelentísima Corte Suprema de Justicia con fecha 5 de junio del año 2017 en el Recurso de Unificación de Jurisprudencia ROL N° 4059-2017, de manera que si la sentencia declara injustificado el despido priva de base a la aplicación del inciso segundo del artículo 13 de la Ley N° 19.728. La suma de $40.000.- por concepto de gastos en equipamiento informático necesario para el trabajo en modalidad de teletrabajo, correspondiente a $15.000.- de conexión a internet en el plan más barato y $5.000.- por gasto de energía eléctrica, por cada uno de los meses que trabajé en aquella modalidad, por lo que se demanda la cantidad señalada por estos ga

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don Claudio Andrés Perales Pinilla, trabajador, domiciliado en Yerbas Buenas 81 Depto. 63 Comuna de Valparaíso, quien dedujo demanda por despido en procedimiento laboral y por cobro de prestaciones laborales, en contra de la empresa Computer Generated Solutions Chile S.A., representada por Fernando Fuentealba Álvarez todos domiciliados en Calle Blanco 1199 Piso 3 Comuna De Valparaíso, solicitando desde ya se acoja, dando lugar a ella en todas sus partes con expresa condenación en costas. Expuso, que ingresó a prestar servicio con fecha 23 de agosto de 2017, bajo vínculo de subordinación y dependencia, celebrando el correspondiente contrato de trabajo a un plazo indefinido. - La naturaleza de los servicios para los que fui contratado eran los de operador de CONTACT CENTER. - La jornada de trabajo era de 45 horas semanales distribuidas de lunes a domingo, según el horario y turnos que sui empleador organizaba. Indica que, con fecha 16 de marzo de 2020 se me sometió a la modalidad de teletrabajo por instrucciones de su empleador. Para los efectos del artículo 172 del código del trabajo, su remuneración mensual se componía de sueldo base, más diversas asignaciones, las que alcanzaban un total de $506.401.- Con fecha 14 de mayo del año 2020, se le hizo llegar una carta de despido en la cual le informaba que había sido despedido por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 del código del trabajo. Interponiendo con fecha 04 de agosto del año 2020, un reclamo ante la Inspección del Trabajo, quedando citado a comparendo de conciliación para, el día 18 de agosto de 2020. En aquella oportunidad mi empleador asistió, pero se negó a pagar todas las prestaciones adeudadas. Agrega que, su empleador le ha despedido por la causal de necesidades de la empresa, sin la invocación formal de causa alguna. Al no existir hechos propiamente tales, y

Fallo

por tanto, tampoco hechos legalmente alegados por mi empleador que sustenten su despido; se le hace aplicable lo dispuesto en el artículo 454 N°1 inciso 2°, en cuanto corresponderá en primer lugar al demandado la rendición de la prueba, debiendo acreditar la veracidad de los hechos imputados en las comunicaciones a que se refieren los incisos primero y cuarto del artículo 162, sin que pueda alegar en el juicio hechos distintos como justificativos del despido, por lo que solicita se declare indebido el despido del cual fue objeto, con costas. Interpone además demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleadora por los siguientes conceptos: - $455.760.- por concepto de recargo del 30% indicado en el artículo 168 del Código del Trabajo, en relación a los artículos, aumentada esta última de acuerdo a las siguientes reglas b) En un cincuenta por ciento, la suma de $454.908.- por concepto de diferencia en el pago de la indemnización por años de servicios, atendido el monto de la última remuneración. En el caso de autos la demandada no pagó el total de la referida indemnización ya que efectuó el descuento por aporte al seguro de cesantía en circunstancias que no debió hacerlo ya que la aplicación de la causal de despido era del todo injustificada e improcedente. Cita lo resuelto por nuestra Excelentísima Corte Suprema de Justicia con fecha 5 de junio del año 2017 en el Recurso de Unificación de Jurisprudencia ROL N° 4059-2017, de manera que si la sentencia decla

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Valparaíso, diecinueve de diciembre de dos mil veinte. CON LO OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don Claudio Andrés Perales Pinilla, trabajador, domiciliado en Yerbas Buenas 81 Depto. 63 Comuna de Valparaíso, quien dedujo demanda por despido en procedimiento laboral y por cobro de prestaciones laborales, en contra de la empresa Computer Generated Solutions Chile S.A., representada por F

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