MP C/ NN
Rol
O-2563-2019
Fecha
17 de febrero de 2021
Materia
ASOCIACIONES ILÍCITAS LEY DE DROGAS (ART. 16)., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Hecho Nº 1: “A través de medios técnicos y de vigilancia se logró establecer que Angelina Del Carmen Jordán Jordán, José Luis Sandoval Sáez, Andrés Eugenio Ulloa Jordán, Matías Isaac Ulloa Jordán, Johana Alejandra Moreno Almarza, María Teresa Salinas Ramírez, Jorge Luis Paillalef Torres y Daniel Enrique Sepúlveda Encina, se dedican activamente al tráfico ilícito de drogas al interior de la Población Legua Emergencia, en la comuna de San Joaquín, para lo cual concurren a ésta diariamente para distribuir la droga que mantienen acopiada en distintos domicilios del sector, como los ubicados en Pasaje Francisco de Zárate Nº 3370, 3387, 3389, 3390, 3325, 3401, 3415, 3425, entre otros. Durante el transcurso de la investigación, se pudo establecer que los imputados Angelina Del Carmen Jordán Jordán y José Luis Sandoval Sáez, mantenían en conjunto diversos domicilios que cumplen la función de "caletas" o lugares de acopio de drogas, los que no están destinados a la habitación, sino que solamente como lugares de almacenamiento y comercialización de droga, para lo cual sirven a los imputados, Andrés Eugenio Ulloa Jordán, Johana Alejandra Moreno Almarza, María Teresa Salinas Ramírez, Jorge Luis Paillalef Torres y Daniel Enrique Sepúlveda Encina, para el desarrollo de la actividad ilícita asociada a la comercialización de droga. Es así que, durante la investigación, se pudo determinar que la imputada Johanna Alejandra Moreno Almarza se dedica activamente a la venta de droga en el domicilio ubicado en Pasaje XSXNTLHLPY HECTOR IGNACIO BENAVIDES SILVA Juez de garantía Fecha: 25/02/2021 23:31:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte ht
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 30, 68, 68 bis del Código Penal, artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3 y 16 de la Ley 20.000, se declara; I.- Que SE CONDENA a don ANDRÉS EUGENIO ULLOA JORDÁN, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más las accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Asociación ilícita del artículo 16 de la Ley 20.000, ejecutado en la fecha indicada en la acusación. II.- Que SE LE CONDENA, asimismo, a sufrir la pena de 700 días de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más las accesorias de suspensión a cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, por su participación en calidad de autor del delito de Tráfico de drogas del artículo 3 de la Ley 20.000, ocurrido en la misma fecha indicada en la acusación, que se dio reproducido. III.- Que reuniéndose en este caso en la especie los requisitos del artículo 15 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado al cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por las de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por el mismo término que el de las penas privativas de libertad que se sustituyen, debiendo quedar sometido a Gendarmería durante este lapso de tiempo, para
Texto Completo (Preview)
PODER JUDICIAL 12º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO RESUMEN: RIT : 2563-2019 RUC : 1900341311-2 MATERIA : ASOCIACIÓN ILÍCITA ART. 16 LEY 20.000 TRÁFICO DE DROGAS ART. 3 DE LA LEY 20.000 IMPUTADO : ANDRÉS EUGENIO ULLOA JORDÁN RUT : 0018762774-5 DOMICILIO : SANTA ELISA 3439, COMUNA DE SAN JOAQUÍN FISCAL : FRANCISCO CARRASCO DEFENSOR : JUAN VALLEJOS PRIVADO ATENUANTES : 11 N°6 y 11 N°9 del CÓDIGO PENA
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica