MP CALAMA C/ MARCOS BERNARDO QUISPE RIVERA
Rol
O-89-2020
Fecha
23 de febrero de 2021
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “A.- Antecedentes previos a la entrada y registro del inmueble: Por investigaciones previas que mantenía la sección de CarabinerosOS7 de esta ciudad, se tomó conocimiento de actividades de tráfico de drogas en el domicilio ubicado en Calle Sotomayor Nº 2686 de Calama. A raíz de lo anterior, esta Fiscalía en el mes de febrero de 2019, instruyó una Orden de Investigar, a fin de realizar una vigilancia en dicho inmueble. En estas circunstancias, se logró verificar que en dicho lugar se dedicaban a la venta de drogas en pequeñas cantidades a los adictos del sector. Sergio Antonio Villa Romero Juez Redactor Fecha: 23/02/2021 16:22:24 FCCYTKMCKZ Rodrigo Vladimir Cartes Fierro Juez Presidente Fecha: 23/02/2021 21:13:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Hecho 1.1 En virtud del establecimiento de la venta de droga en el inmueble de calle Sotomayor N° 2686 de esta comuna, personal especializado de OS7 realizó vigilancia y fiscalizaciones. En esas circunstancias el día 26 de febrero del año 2019 fiscalizan a 3 sujetos quienes en diferentes horarios habían comprado sustancias ilícitas en dicho inmueble. Lo anterior porque estos al momento de la fiscalización incautan y someten a la respectiva prueba de campo la sustancia, la cual arrojo resultado positivo a pasta base de cocaína, cuestión por la que se les curso el respectivo parte por infractores. Con esos antecedentes se solicitó una orden de entrada, registro e incautación al Juzgado de Garantía de esta ciudad, el cual la otorgó. En ese contexto personal especializado del OS7 el Loa concurrió hasta el domicilio ya descrito y a eso de las 15:40 exh
Fundamentos
motivos del allanamiento y ahí hace referencia al control de esta persona. Debería haberlo tomado detenido el Teniente Arellano con su patrulla, que estaba integrada por el Sargento Rojas y el Cabo Primero Vargas. No sabe el lugar donde lo detuvieron, solo sabe que habría salido del domicilio donde vendían droga, el cual fue allanado, pero el lugar especificó donde lo controlaron y detuvieron, no lo sabe. Hicieron referencia que solo portaba dinero, no drogas. El tribunal no tiene preguntas que formular. 4.- Jorge Washington Rojas Muñoz, cédula de identidad número 13.364.075-4, chileno, 42 años de edad, nacido en Los Andes, el 19 de junio de 1978, casado, Sargento Primero de Carabineros, con domicilio en Avenida Granaderos N°2490, Calama; quien legalmente juramentado indica en relación a los hechos, que el día 01 de marzo de 2019, se le ordenó apoyar a la patrulla a cargo del teniente Víctor Arellano Díaz, el cual mantenía una investigación por el delito de microtráfico , específicamente en el domicilio ubicado en calle Sotomayor 2668 en la ciudad de Calama. Ese día, alrededor de las 10:30 se unió a esa patrulla, con la finalidad de cooperar en diligencias específicas amparadas en la ley 20.000, específicamente, vigilancias discretas a distancia donde siendo las 10:30 aproximadamente, se trasladan al lugar, calle Sotomayor, manteniendo a la vista el domicilio investigado, donde lograron, alrededor de las 12:10 de ese día, salir del interior Sergio Antonio Villa Romero Juez Redactor Fecha: 23/02/2021 16:22:24 FCCYTKMCKZ Rodrigo Vladimir Cartes Fierro Juez Presidente Fecha: 23/02/2021 21:13:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 19 de ese domicilio, a la persona que ese día detuvieron, que es, Marcos Quispe Rivera, salió de dicho domicilio en dirección al poniente por calle Sotomayor, manteniéndolo en todo momento en vigilancia y seguimiento discreto, aproximadamente una cuadra, donde se bajaron del vehículo policial, obviamente civil, por decirlo así, se bajaron, se individualizaron como carabineros del OS7 para proceder, basado en el artículo 85, a su fiscalización. En dicha oportunidad, cuando se identifican como carabineros, Quispe quiso darse a la fuga, ante lo cual, procedieron a detenerlo para fiscalizarlo. Se pudieron percatar que llevaba una mochila de color beige, la cual, el teniente Arellano en su oportunidad, procedió a revisar, encontrándose en su interior, diferentes bolsas de dinero, la cual dio un total de $1.006.000, en efectivo. Por lo anterior, le consultan al detenido por su procedencia, en ese momento no supo explicar donde había obtenido su dinero, ante lo cual
Fallo
se acuerda muy bien el color del auto, pero era gris o azul, era oscuro. Era un vehículo particular. Se bajaron tres civiles, no usaban uniforme policial, bajaron armados, el vio un arma en la mano, por eso pensó que lo iban a atacar a él, entró en pánico al ver una persona armada frente a él. Se fueron encima de una persona, lo ubica, porque son los vecinos que viven dos casas más allá, donde vive la señora María, la conoce desde años, son de apellido Quispe. Los conoce porque el papá de ellos trabajaba en el Restaurante Osorno, era muy apegado con su padre. Cuando se le tiran encima, él ve que lo toman detenido, de ahí no lo ve más. Supo que eran policías cuando ellos gritan “policía”, ahí se tranquiliza. Él no se da cuenta que pasa con su vecino, porque no tenía muy buena visión, siente que se identifican como policía y ve un forcejeo ahí y se lo llevan detenido. Le pegaron a su vehículo, no sabe cómo, pero tiene una abolladura en la puerta delantera del lado derecho. Agrega que esto pasó en marzo del año pasado, parece que fue el 01 de marzo. No recuerda nada más, eso es sólo que el vio. Al Fiscal, le reitera que estaba en su vehículo Nissan qashqai, color rojo, año 2017. Se sube al vehículo, lo está haciendo andar para salir, viene un Nissan v16 y se atraviesa y detienen a una persona, hasta ese momento no sabía a quién detenían ni quien venía en el vehículo, solo se da cuenta cuando se identifican, ahí se tranquiliza y se da cuenta que es un procedimiento policial. Ant
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1 M. PÚBLICO C / MARCOS BERNARDO QUISPE RIVERA DELITO: TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES EN PEQUEÑAS CANTIDADES. RIT: 89-2020 RUC: 1900189962-k Calama, veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Individualización del Tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, integrado por los Magistrados, don Rodrigo Cartes Fier
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