Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

BELL/MARIUXI DEYANARA VALDIVIESO GÓMEZ E.I.R.L.

Rol

T-60-2020

Fecha

17 de diciembre de 2020

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Otras Indemnizaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que ha relatado la abogada de la parte demandante al solicitar el apercibimiento que se relatan también en la demanda en la forma que se verá en la sentencia definitiva. · El tribunal tiene por incorporada la prueba rendida. OBSERVACIONES A LA PRUEBA La parte demandante hace observaciones a la prueba rendida. DICTACIÓN DE SENTENCIA: (parte resolutiva) Por estas consideraciones y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 7,8,9, 63, 162,168, 173, 425 y siguientes, 496 y siguientes del Código del Trabajo, 144 del Código de Procedimiento Civil, 1545 del Código Civil, se DECLARA: I.- Que, se ACOGE la denuncia de Tutela Laboral, por vulneración de derechos fundamentales, impetrada por MAREILA BELL HECHAVARRIA, en contra de MARIUXI DAYANARA VALDIVIESO GÓMEZ FABRICA DE EMPANADAS Y COMIDA AL PASO EIRL, en cuanto se declara que el despido del que fue objeto la actora, con fecha 12 de diciembre del año 2019, vulnero gravemente su garantía a la indemnidad, declarándose igualmente nulo el despido, condenándose a la demandada al pago de las siguientes sumas: a) La suma de $360.000.- por concepto de Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo b) La suma de $3.960.000.- por concepto de once remuneraciones mensuales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 489 del Código del Trabajo. c) La suma de $64.500.- por concepto de Feriado Proporcional de conformidad al artículo 73 del Código del Trabajo. d) La suma de $ 144.000.- por concepto de nueve días de remuneraciones del mes de diciembre del año 2019. e) Remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido 12 de diciembre del año 2019 hasta la fecha de su convalidación del mismo, estas sumas se pagarán con intereses y reajustes en conformidad al artículo 63 y 173 del código del Trabajo. II.- Se ordena notificar a las instituciones previsionales correspondientes, para que accionen por el cobro de las cotizaciones previsionales. III. Notifíquese a la Dirección del Trabajo, una vez que esta sentencia se encu

Fallo

Por estas consideraciones y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 7,8,9, 63, 162,168, 173, 425 y siguientes, 496 y siguientes del Código del Trabajo, 144 del Código de Procedimiento Civil, 1545 del Código Civil, se DECLARA: I.- Que, se ACOGE la denuncia de Tutela Laboral, por vulneración de derechos fundamentales, impetrada por MAREILA BELL HECHAVARRIA, en contra de MARIUXI DAYANARA VALDIVIESO GÓMEZ FABRICA DE EMPANADAS Y COMIDA AL PASO EIRL, en cuanto se declara que el despido del que fue objeto la actora, con fecha 12 de diciembre del año 2019, vulnero gravemente su garantía a la indemnidad, declarándose igualmente nulo el despido, condenándose a la demandada al pago de las siguientes sumas: a) La suma de $360.000.- por concepto de Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo b) La suma de $3.960.000.- por concepto de once remuneraciones mensuales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 489 del Código del Trabajo. c) La suma de $64.500.- por concepto de Feriado Proporcional de conformidad al artículo 73 del Código del Trabajo. d) La suma de $ 144.000.- por concepto de nueve días de remuneraciones del mes de diciembre del año 2019. e) Remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido 12 de diciembre del año 2019 hasta la fecha de su convalidación del mismo, estas sumas se pagarán con intereses y reajustes en conformidad al artículo 63 y 173 del código del Trabajo. II.- Se ordena notificar a las instituciones previsionales correspondientes, para qu

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO TUTELA Videoconferencia FECHA Iquique, diecisiete de diciembre de dos mil veinte RUC 20-4-0255450-K RIT T-60-2020 MAGISTRADO CATALINA CASANOVA SILVA ADMINISTRATIVA ACTAS Fabiola Orrego Acuña (sala 3, virtual) HORA DE INICIO 10:33 HORA DE TERMINO 11:15 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040255450-K-1334-171220-00-01 - Inicio de aud. de juicio T-60-2020

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