2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MARDEL/AUTOMOTORES GILDEMEISTER S.A

Rol

O-3412-2020

Fecha

17 de diciembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 61, 62, 63, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 425, 453, 454, todos del Código del Trabajo; artículo 3 de la Ley 19.728, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Cristian Andrés Freire Pino, cédula nacional de identidad N° 18.603.800-2 y don Rafael Mauricio Méndez Olmedo, cédula nacional de identidad N° 12.858.714-4, ambos ya individualizados, en contra de su ex empleador Automotor Gildemeister SPA, Rut 79.649.140-K, representada legalmente por don Pedro Arteaga Rodríguez, cédula de identidad N° 9.671.888-8, y se declara injustificado el despido de que fueron objeto con fecha 14 de abril del año 2020 por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 del Código del Trabajo, y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: 1. Respecto de don Cristian Andrés Freire Pino: a. La suma de $715.224, por concepto de recargo legal del 30% a la indemnización por años de servicio, ya pagado. b. Que se ordena la restitución al trabajador de la suma de $600.229, por concepto de descuento indebido, efectuado por el empleador por su aporte al seguro de cesantía. 2. Respecto de don Rafael Mauricio Méndez Olmedo: a. La suma de $2.763.951, por concepto de recargo legal del 30% a la indemnización por años de servicio, ya pagado. b. Que se ordena la restitución al trabajador de la suma de $2.206.321, por concepto de descuento indebido, efectuado por el empleador por su aporte al seguro de cesantía. II. Que las sumas que esta sentencia ordene pagar se reajustarán y devengarán intereses, de acuerdo a lo previsto por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que no se condena en costas a la parte demandada, por haber tenido motivo plausible para litigar. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don Cristián Álvarez Mercado, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja c

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Cristian Andrés Freire Pino, cédula nacional de identidad N° 18.603.800-2 y don Rafael Mauricio Méndez Olmedo, cédula nacional de identidad N° 12.858.714-4, ambos ya individualizados, en contra de su ex empleador Automotor Gildemeister SPA, Rut 79.649.140-K, representada legalmente por don Pedro Arteaga Rodríguez, cédula de identidad N° 9.671.888-8, y se declara injustificado el despido de que fueron objeto con fecha 14 de abril del año 2020 por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 del Código del Trabajo, y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: 1. Respecto de don Cristian Andrés Freire Pino: a. La suma de $715.224, por concepto de recargo legal del 30% a la indemnización por años de servicio, ya pagado. b. Que se ordena la restitución al trabajador de la suma de $600.229, por concepto de descuento indebido, efectuado por el empleador por su aporte al seguro de cesantía. 2. Respecto de don Rafael Mauricio Méndez Olmedo: a. La suma de $2.763.951, por concepto de recargo legal del 30% a la indemnización por años de servicio, ya pagado. b. Que se ordena la restitución al trabajador de la suma de $2.206.321, por concepto de descuento indebido, efectuado por el empleador por su aporte al seguro de cesantía. II. Que las sumas que esta sentencia ordene pagar se reajustarán y devengarán intereses, de acuerdo a lo previsto por los artículos 63 y 173 del Código

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA VIRUTAL 9 (VÍA ZOOM) RUC 20-4-0271748-4 RIT O-3412-2020 MAGISTRADO CRISTIÁN ÁLVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ARANCIBIA SEPÚLVEDA HORA DE INICIO 10:36 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:56 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 204027174

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