CARABINEROS DE CHILE C/ JUAN ALBERTO LÓPEZ LEMUN
Rol
O-3030-2020
Fecha
22 de febrero de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “Con fecha 02 de Agosto de 2020, alrededor de las 22:20 horas, los requeridos JORGE ANÍBAL ARANCIBIA SALINAS, y JUAN ALBERTO LÓPEZ LEMUN, encontrándose en la vía pública, fueron sorprendidos por personal del Ejército de Chile, transitando a a pie, específicamente en Avda. Maipú esquina Encon, de la comuna de San Felipe, poniendo en peligro la salud pública al infringir la medida dispuesta por la autoridad sanitaria a través de Resolución Exenta del Ministerio de Salud N° 202 de fecha 22/03/2020, publicada en el Diario Oficial de la misma fecha, consistente en la obligación para todos los habitantes de la República, de permanecer en sus residencias, como medida de aislamiento, entre las 22:00 y las 05:00 hrs del día siguiente, la cual fue ejecutada, según dispone la misma resolución en su numeral 7, por el Jefe de la Defensa Nacional para la región de Valparaíso, Contra Almirante Sr. YERKO MARCIC CONLEY, mediante el bando N° 4 de la misma fecha. La medida de aislamiento sanitario nocturno antes identificada se impartió en nuestro país, como medida de salubridad, por un plazo indefinido, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su supresión, y bajo el alero del DS Nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el D.O el mismo día, mediante el cual se decretó el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, cuyo fundamento se encuentra, a su vez, de acuerdo al primer
Fundamentos
considerando de dicho decreto, en la circunstancia de propagación a nivel mundial, conocida públicamente, del virus denominado coronavirus -2 (SARS – CoV -2) el que, a su vez, produce la enfermedad del coronavirus (COVID-19), y que tiene a Chile, desde el día 05 de enero de 2020, en estado de Alerta Sanitaria, establecido mediante el Decreto Nº4 del Ministerio de Salud. El referido DS N°104 dispone además, en su artículo 4°, que “los jefes de la Defensa Nacional deberán tomar en consideración las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación del Covid-19, en actos administrativos dictados por el Ministerio de Salud.” Todas las instrucciones y actos administrativos aludidos precedentemente han sido puestos en conocimiento de la población sea mediante la publicación de los mismos en el diario oficial o a través de su amplia e intensa difusión a través de medios de comunicación social, tal como lo establecen los propios decretos y resoluciones antes indicadas, y que se encontraban vigentes al momento de ocurrir los hechos” BMMSTKVXXK Leopoldo Marcelo Soto Gutierrez Juez de garantía Fecha: 22/02/2021 13:52:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Sentencia: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2000782022-5 3030-2020 CAUSA.: R.U.C=2000782022-5 R.U.I.=3030-2020 Fecha de deliberación 2021/02/22 Juez redactor LEOPOLDO MARCELO SOTO GUTIERREZ RELACIONES.: LÓPEZ LEMUN JUAN ALBERTO / INFRACCIÓN ART. 318 DEL CÓDIGO PENAL Resultado Absuelto. PARTICIPANTES.: Fiscal. - FAJARDO DE LA CUBA EDUARDO DAVID - - PARTICIPANTES.: Defensor. - BARRAZA ZEPEDA VERÓNICA ANDREA - - RELACIONES.: LÓPEZ LEMUN JUAN ALBERTO / INFRACCIÓN ART. 318 DEL CÓDIGO PENAL Procedimiento Simplificado. RESULTADO Procedimiento Simplificado Pena Absolutoria Si Delito Infracción Art. 318 del Código Penal Exime Costas Fiscalía Renuncia de Plazos No Dese copia de Audio de la presente audiencia a los intervinientes, debiendo acompañar los mismos el CD’s para su grabación y posterior entrega.- Se deja constancia que la presente audiencia se ha realizado bajo la modalidad de Video Conferencia a través de la aplicación ZOOM. Dirigió la audiencia y resolvió – Leopoldo Marcelo Soto Gutiérrez, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Felipe. BMMSTKVXXK Leopoldo Marcelo Soto Gutierrez Juez de garantía Fecha: 22/02/2021 13:52:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental,
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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha San Felipe., veintidós de febrero de dos mil veintiuno Magistrado LEOPOLDO MARCELO SOTO GUTIERREZ Fiscal Alejandro Antonio Elías Bustos Ibarra Defensor Verónica Andrea Barraza Zepeda Hora inicio 10:25AM Hora termino 11:06AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de San Felipe. Acta LASC RUC 2000782022-5 RIT 3030 - 2020 Registr
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