MP C/ CAMILO ANDRÉS QUIROZ CASTRO
Rol
O-1707-2021
Fecha
20 de febrero de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 20 de febrero de 2021 aproximadamente alrededor de las 01:25 horas de la madrugada el requerido don JOSE ANTONIO LLANQUIN PLAZA y don CAMILO ANDRES QUIROZ CASTRO fueron fiscalizados por personal de Carabineros mientras transitaban por la intersección de calle Los Libertadores con Jorge Tellier de la comuna de Temuco, quienes no mantenían ningún tipo de permiso sanitario o salvoconducto que les habilitase a transitar por la comuna de Temuco en horario de toque de queda, medida decretada por la autoridad sanitaria con el objeto de resguardar la salud pública mediante resolución exenta del Ministerio de Salud N° 591 poniendo de esta forma en peligro la salud pública con su conducta. Temuco, veinte de febrero de dos mil veintiuno Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 11 N° 6, 15, 49, 68, 69, 70 y 318 del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395 y 398, se resuelve: CXXPTLTMWE Marcia Patricia Castillo Monjes Juez de garantía Fecha: 24/02/2021 09:53:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se CONDENA a CAMILO ANDRÉS QUIROZ CASTRO y JOSÉ ANTONIO LLANQUÍN PLAZA, ya individualizados, como autores de LA INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 318 DEL CÓDIGO PENAL, en grado de consumada, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 20 de febrero de 2021, a la pena de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, que se les da po
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 11 N° 6, 15, 49, 68, 69, 70 y 318 del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395 y 398, se resuelve: CXXPTLTMWE Marcia Patricia Castillo Monjes Juez de garantía Fecha: 24/02/2021 09:53:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se CONDENA a CAMILO ANDRÉS QUIROZ CASTRO y JOSÉ ANTONIO LLANQUÍN PLAZA, ya individualizados, como autores de LA INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 318 DEL CÓDIGO PENAL, en grado de consumada, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 20 de febrero de 2021, a la pena de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, que se les da por cumplida con el día que permanecieron privados de libertad con motivo de esta causa. II.- Que se les exime del pago de las costas por su actitud procesal en la causa. III.- En caso de que esta resolución adquiera el carácter de sentencia ejecutoriada, se le otorga a los requeridos el beneficio del artículo 398 del Código Procesal Penal, y como correlato de ello, dispone la suspensión en el cumplimiento de la multa y de
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RESUMEN RIT : 1707 - 2021 RUC : 2100167058-9 MATERIA : INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 318 DEL CÓDIGO PENAL IMPUTADO : CAMILO ANDRÉS QUIROZ CASTRO CÉDULA DE IDENTIDAD : 0019222477-2 DOMICILIO : Calle Vivaldi 039, Fundo El Carmen, Temuco. IMPUTADO : JOSÉ ANTONIO LLANQUÍN PLAZA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0019118276-6 DOMICILIO : Sector Tromen Km 3.9, Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N° 6 del Código Penal AGRAVANT
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