FREDDY WILSON TRONCOSO RIOS C/ SEBASTIÁN ALONSO PAREDES GAJARDO
Rol
O-8566-2019
Fecha
19 de febrero de 2021
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 29 de junio de 2019, alrededor de las 16:05 horas, funcionarios policiales encontraron en poder del requerido SEBASTIAN ALONSO PAREDES GAJARDO, una bicicleta marca Oxford, color verde, especie que en la madrugada del mismo día había sido sustraído desde el domicilio del víctima Fredy Wilson Troncoso Ríos ubicado en calle Prieto Norte N° 0351, especies que el imputado no podía menos que conocer el origen ilícito de la especie, la cual fue avaluada en la suma de $ 180.000 ( ciento mil pesos). Temuco, diecinueve de febrero de dos mil veintiuno Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 50, 60, 70, 76, 449 y 456 bis A del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, y en la Ley 18.216, se resuelve: NEGNTMCXZJ Ruth Isabel Martinez Velasquez Juez de garantía Fecha: 26/02/2021 18:38:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se CONDENA a SEBASTIÁN ALONSO PAREDES GAJARDO, ya individualizado, como autor del delito consumado de RECEPTACION, ilicito previsto y sancionado en el artículo artículo 456 BIS A del Código Penal, por los hechos ocurridos en el territorio de competencia de éste Tribunal, el día 29 de junio de 2019, a las penas de CUARENTA Y UN (41) días de prisión en su grado máximo y multa de UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria Mensual. II.- Que se le condena además, a la suspensi
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 50, 60, 70, 76, 449 y 456 bis A del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, y en la Ley 18.216, se resuelve: NEGNTMCXZJ Ruth Isabel Martinez Velasquez Juez de garantía Fecha: 26/02/2021 18:38:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se CONDENA a SEBASTIÁN ALONSO PAREDES GAJARDO, ya individualizado, como autor del delito consumado de RECEPTACION, ilicito previsto y sancionado en el artículo artículo 456 BIS A del Código Penal, por los hechos ocurridos en el territorio de competencia de éste Tribunal, el día 29 de junio de 2019, a las penas de CUARENTA Y UN (41) días de prisión en su grado máximo y multa de UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria Mensual. II.- Que se le condena además, a la suspensión de cargo y oficio público mientras dure la condena. III.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 54,6 h
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RESUMEN RIT : 8566 - 2019 RUC : 1900697492-1 MATERIA : RECEPTACION IMPUTADO : SEBASTIÁN ALONSO PAREDES GAJARDO CÉDULA DE IDENTIDAD : 20.353.722-0 DOMICILIO : Calle 11 ORIENTE Nº 3055, PUEBLO NUEVO, Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos: El día 29 de junio de 2019, alrededor de las 16:05 horas, fun
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