MP C/ JOSÉ CARLOS DONOSO VALDIVIA
Rol
O-387-2020
Fecha
19 de febrero de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Con fecha 20 de febrero de 2020 a las 04:00 de la madrugada aproximadamente, don JONATHAN ANDRES SOTO ESCOBAR acompañado por don JOSE CARLOS DONOSO VALDIVIA, hasta la casa ubicada en avenida libertad s/n kilómetro 23 de la ruta 90 en Nancagua, al lugar saltando el cierre perimetral lograron acceder hasta un quincho en el exterior desde donde comenzaron a recopilar principalmente botellas de vino luego premunido don JONATHAN de un martillo quebró la puerta que accede a la cocina que es de material de vidrio logrando destrabar la chapa para luego acceder ambos a las dependencias del inmueble desde donde tomaron principalmente una balanza digital es en ese momento en que don Jonathan se encuentra con la propietaria del inmueble doña FILOMENA RIOS GALLEGOS, quien fue despertada ente el vidrio quebrado con el martillo en mano lo levanto hacia doña FILOMENA señalándole don JONATHAN “no te movai si no te vamos a matar”, esto le causo temor a RIOS GALLEGOS no obstante reaccionar y acudir en su auxilio su pareja MANUEL VALDES VALDES y la hija de estos WMMWTJCPYX Juan Ignacio Corona Catalan Juez de garantía Fecha: 19/02/2021 16:02:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA SANTA CRUZ Calle Nicolás Palacios Nº 355, Fono-Fax 72-2821866, E-mail jgsantacruz@pjud.cl doña DAYANA VALDES RIOS, don MANUEL se abalanzo en contra de don JONATHAN comenzó a forcejear con el no obstante el eludir el ataque don JONATHAN huye junto a don JOSE con destino desconocido.” Calificación Jurídica: robo con intimidación del art. 436 en relación al art. 432 del Código Penal, en calidad de autor de delito consumado
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 12 N°16, 15 N°1, 28, 31, 49, 50, 67, 68, 69, 432, 436 y 449 del Código Penal; artículos 406, 407, 409, 410, 411, 412 y 413 del Código Procesal Penal del Código Procesal Penal; artículo 17 de la Ley N°19.970,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JONATHAN ANDRÉS SOTO ESCOBAR, cédula nacional de identidad N°17.392.333-3, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de ROBO CON INTIMIDACIÓN ilícito previsto y sancionado en el artículo 436 en relación al artículo 432 del Código Penal, perpetrado en la comuna de Nancagua de esta jurisdicción, el día 20 de febrero de 2020, a sufrir la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. II.- Que, no reuniendo en este caso el sentenciado requisito alguno para acceder a pena sustitutiva de la Ley N°18.216, deberá cumplir la pena impuesta en forma efectiva, abonándose a su favor el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad en la causa, sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, desde el 20 de febrero de 2020 a la fecha en que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, registrando el día de hoy 366 días de abono. III.- Que se ordena la determinación de la huella genética del sentenciado y su inclusión en el Registro de Condenados, conforme lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N°19.970, facultándose desde ya a Gendarmería de Chile para su traslado. IV.- Que se exime del pago de las costas de la causa al sentenciado. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesa
Texto Completo (Preview)
JUZGADO DE GARANTÍA SANTA CRUZ Calle Nicolás Palacios Nº 355, Fono-Fax 72-2821866, E-mail jgsantacruz@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA (VÍA ZOOM) Santa Cruz, diecinueve de febrero de dos mil veintiuno Ruc: 2000194936-6 Rit: 387 - 2020 Hora Inicio: 11:54 Hora Término: 12:14 Hora Inicio: 12:22 Hora Término: 12:30 Hora Inicio: 12:30 Hora Término: 12:31 Juez (Sr): JUAN IGNACIO CORONA CATALAN Tipo de Audienci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica