BELTRE/RECURSOS EXTERNOS LTDA
Rol
M-2538-2020
Fecha
16 de diciembre de 2020
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA x Se deja expresa que la demandada Embotelladora Chilenas Unidas S.A, no comparece a la presente audiencia estando válidamente emplazada. A los escritos acompaña documentos de la demandada principal (2): téngase por digitalizados. Contestación a la demanda: Téngase por contestada la demanda.
Fundamentos
Fundamentos íntegros constan en el registro de audio. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación la suma de $300.000. La parte demandante propone la suma de $350.000. Por su parte, la demandada no tiene instrucciones para conciliar. Fija hechos controvertidos: 1) Hechos invocados en la carta de despido y efectividad que ellos constituyen las necesidades de la empresa invocadas por el demandado. 2) Circunstancias que hagan procedente la devolución del descuento del aporte al empleador al seguro de cesantía que se cobra en la demanda. 3) Estado de pago de los feriados que se cobran en la demanda. 4) Existencia de régimen de subcontratación invocado, periodo y vigencia del mismo y si, la demandada solidaria o subsidiaria de autos ejerció su derecho de información y retención. Medios de Prueba: La parte demandada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 31 de mayo de 2018. 2) Carta de término de contrato de trabajo de fecha 02 de julio de 2020, debidamente firmada por la trabajadora. 3) Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo de fecha 03 de julio de 2020. 4) Finiquito ratificado con fecha 14 de agosto de 2020. 5) Certificado de aporte del empleador al Seguro de Cesantía de la trabajadora de fecha 02 de julio de 2020. 6) 3 comprobantes de feriado legal de la trabajadora. 7) 3 finiquitos de término de contrato de fecha 02 y 06 de agosto de 2020. La parte demandante solicita la exclusión del documento N°7, por impertinente. Se confiere traslado. El Tribunal rechaza la exclusión. La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Copia de anexo de contrato de trabajo de fecha 1 de marzo de 2019. 2) Copia de carta de despido de fecha 2 de julio de 2020. 3) Copia de certificado de aporte del empleador al seguro de cesantía. 4) Copia de finiquito de fecha 2 de agosto de 2020, autorizado ante ministro de fe, con reserva de derechos. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. Confesional: La parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento respecto a ambas demandadas. Exhibición de documentos: RESPECTO DE AMBAS DEMANDADAS: -Acuerdos civiles, comerciales o mercantiles, addendums, etc, celebrados entre las demandadas Recursos Externos Limitada (RECEX) y Embotelladoras Chilenas Unidas S.A. No se tiene por cumplido. RESPECTO DE LA DEMANDADA PRINCIPAL RECURSOS EXTERNOS LTDA: - Contratos de trabajo y anexos contractuales de los señores MARCELO ESPINOZA, JOSÉ VALENZUELA, PATRICIO SALAZAR Y MARIA NEIRA. No se tiene por cumplido. - Libro de remuneraciones de la empresa desde el mes de enero de 2020 hasta la fecha. El Tribunal lo excluye. RESPECTO DE LA DEMANDADA SOLIDARIA Y/O SUBSIDIARIA EMBOTELLADORAS CHILENAS UNIDAS S.A: - Certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y p
Fallo
se declara: I.- Se declara improcedente el despido de la trabajadora demandante. II.- Que entre las demandadas Recursos Externos Ltda y Embotelladora Chilenas Unidas S.A, existió un régimen de subcontratación. III.- Que en consecuencia se condena a las demandadas solidariamente al pago de las siguientes prestaciones que se indican: a) La suma de $315.434.- por concepto de incremento del 30% de los años de servicio. b) La suma de $246.162.- por concepto de devolución de descuento del aporte del empleador por seguro de cesantía. c) La suma de $23.306.- por concepto de feriado proporcional. IV.- Se desestima en todo lo demás la demanda. V.- Los montos que se establecen deben ser pagados más los reajustes e intereses que correspondan, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. VI.- No se condena en costas a la parte demandada por no haber sido totalmente vencida. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don RODRIGO VERA GARCIA, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dieciseis de diciembre de dos mil veinte.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 VIRTUAL RUC 20-4-0290176-5 RIT M-2538-2020 MAGISTRADO RODRIGO VERA GARCIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KATHERINE SPULER RIFFO HORA DE INICIO 12:41 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:56 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 204029017
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