MINISTERIO PUBLICO C/ CARLOS ALBERTO BARRAZA CORTÉS
Rol
O-528-2021
Fecha
17 de febrero de 2021
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
vistos los antecedentes y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público formuló requerimiento verbal en procedimiento simplificado, en contra de CARLOS ALBERTO BARRAZA CORTÉS, cédula de identidad N° 17.330.275-4, chileno, soltero, nacido el 06 de abril de 1989, domiciliado en Avenida 11 de septiembre sin número, comuna de La Higuera.- SEGUNDO: Que, en la referida audiencia, con la presencia de los todos los intervinientes, formuló el requerimiento de la Fiscalía, el que se reproduce en forma literal, y se refiere a los siguientes hechos: “El día 26 de enero del año 2021, a las 14:34 horas aproximadamente, en el interior del Retén de Carabineros de La Higuera ubicado en avenida La Paz Nº 01, comuna de La Higuera, el imputado Carlos Alberto Barraza Cortés amenazó al Suboficial mayor de Carabineros Cristian Richard Ordenes Zuleta, que se encontraba en el ejercicio de sus funciones, manifestándole “donde te pille de civil, te voy a hacer cagar”, para luego gritar desde el umbral de la puerta de ingreso a la salida del Retén, “voy a venir a hacer cagar el Retén a piedrazos, total no les tengo miedo a estos conche de su madre””. Estos hechos fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos de la falta penal de faltar elrespeto a la autoridad, del artículo 495 N° 4 del Código Penal, en el que el imputado ha tenido participación directa en calidad de autor, solicitando la aplicación de una pena de multa de cuatro unidades tributarias mensuales, señalando no concurre ninguna circunstancia modificatoria de responsabilidad penal. TERCERO: Que en la misma audiencia el representante del Ministerio Público ha modificado su requerimiento, reconociéndole para efectos que el imputado admita su responsabilidad en los hechos, la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Procesal Penal, solicitando en definitiva una multa de un tercio de una XQXBTJXEQX Alain Alejandro Maldonado Liberona Juez de garantía Fecha: 17/02/2021 14:14:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 1 0 0 0 8 5 0 3 2 - K . R I T N º : 5 2 8 - 2 0 2 1 . D E L I T O : F a l t a r e l r e s p e t o a l a a u t o r i d a d p ú b l i c a ( a r t . 4 9 5 N ° 4 C ó d i g o P e n a l ) . S E N T E N C I A D O : C A R L O S A L B E R T O B A R R A Z A C O R T É S . - R I T 5 2 8 - 2 0 2 1 P á g i n a 2 unidad tributaria mensual y se le exima del pago de las costas de la causa. CUARTO: Que informado de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, el imputado ha reconocido
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 11, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1, 6, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 49, 70 y 495 N° 4 del Código Penal, SE DECLARA: I.- Se condena a CARLOS ALBERTO BARRAZA CORTÉS, cédula de identidad N° 17.330.275-4, antes individualizado, al pago de una multa equivalente a un tercio de una unidad tributaria mensual, como autor de la falta frustrada contemplada en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, cometida el día 26 de enero de 2021, en la comuna de La Higuera. II.- Que la pena impuesta debe darse totalmente por cumplida atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad por esta causa. III.- Se exime al sentenciado del pago de las costas. IV.- Ejecutoriada que sea esta sentencia, se ordena proceder a su cumplimiento, conforme lo dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese en copia autorizada, y archívese en su oportunidad. RUC N° 2100085032-K. RIT Nº 528 - 2021.- Sentencia dictada por don ALAIN MALDONADO LIBERONA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de La Serena.- XQXBTJXEQX Alain Alejandro Maldonado Liberona Juez de garantía Fecha: 17/02/2021 14:14:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O c
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P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 1 0 0 0 8 5 0 3 2 - K . R I T N º : 5 2 8 - 2 0 2 1 . D E L I T O : F a l t a r e l r e s p e t o a l a a u t o r i d a d p ú b l i c a ( a r t . 4 9 5 N ° 4 C ó d i g o P e n a l ) . S E N T E N C I A D O : C A R L O S A L B E R T O B A R R A Z A C O R T É S . - R I T 5 2 8 - 2 0 2 1 P á g i n a 1 La Serena, diecisiete de feb
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