Juzgado de Letras de Los Lagos

PACHECO/PAUL

Rol

T-4-2020

Fecha

15 de diciembre de 2020

Materia

Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Cotizaciones Previsionales, Daño moral, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio de tutela laboral en procedimiento de aplicación general en la causa Rit N° T-4-2020, compareciendo doña YESSICA LABBE VELASQUEZ, abogado, domiciliada en Maipú Nº 187, oficina 23, Valdivia, en representación de doña SUSANA WALESKA PACHECO VENEGAS, Cédula Nacional de Identidad Nº 19.217.276-4, cesante, domiciliada en Independencia Nº 934, comuna de Paillaco, y la demandada doña MARIA CATALINA PAUL FERNANDEZ, RUT Nº 11.625.353-4, domiciliada en Pedro Alira Hurqueta N°9918, Comuna de Lo Barnechea, representada por el abogado don CLAUDIO NOVOA ARAYA, domiciliado en Maipú 187, Oficina 21, Valdivia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña SUSANA WALESKA PACHECO VENEGAS dedujo demanda conjunta de declaración de relación laboral y denuncia por vulneración de Derechos Fundamentales con ocasión del despido, despido injustificado, de nulidad del despido, cobro de prestaciones labores e indemnización por daño moral, en contra de doña Catalina Paul Fernández, solicitando se declare: 1) Que entre las partes de este juicio existió relación laboral, sujeta a subordinación y dependencia, desde la fecha de su ingreso el día 1º de enero de 2017, hasta el día 19 de febrero de 2020. 2) Que se condena a la demandada al pago de las cotizaciones previsionales por los periodos trabajados. 3) Que el despido de que fue objeto ha vulnerado sus derechos fundamentales contenido en el número 4 del artículo 19; el respeto a la honra de la persona. Y e consecuencia sea condenada a la demandada al pago de: a) Indemnización especial contemplada en el artículo 489 inciso tercero segunda parte del Código del Trabajo, en su máximo de 11 remuneraciones mensuales, equivalente a la suma de $6.600.000, b) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $600.000; c) Remuneraciones adeudas desde el 15 de febrero al 19 de febrero de 2020, equivalente a $80.000; d) Por concepto de feriado proporcional, por la suma de $40.000; 4) Que la demandada sea condenada a pagar, por acción de daño moral, la suma de $2.000.000.- 5) Por concepto de Nulidad del Despido: a) Que se declare que el despido del cual fue objeto adolece de Nulidad. b) Que la demandada debe pagar sus remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido hasta la fecha de la convalidación, c) que se le cancelen sus cotizaciones previsionales y de seguridad social adeudadas hasta la época de la convalidación del despido. 6) Todo lo anterior con reajustes e intereses de acuerdo a lo señalado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 7) Que la demandada sea condenada al pago de las costas de la causa. En subsidio presenta demanda por despido injustificado, nulidad de despido y cobro de prestaciones labores, solicitando se declare: 1 Que su despido fue injustificado y en consecuencia debe ondearse a la demandada al pago de: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $600.000, b) Remuneraciones adeudas desde el 15 de febrero al 19 de febrero de 2020, equivalente a $80.000; c) Por concepto de feriado proporcional, por la suma de $40.000; d) la suma de $2.000.000 por acción de daño moral. 2 Que el despido del que fue objeto adolece de nulidad. 3 Que la demandada debe pagar sus remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido hasta la fecha de la convalidación, c) que se le cancelen sus cotizaciones previsionales y de seguridad social adeudadas hasta la época de la convalidación del despido. 4 Todo lo anterior con reajustes e intereses de acuerdo a lo señalado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 5 Que la demandada sea condenada

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda sólo en cuanto, entre doña Susana Walesca Pacheco Venegas y doña María Catalina Paul Fernández, ya individualizadas, existió una relación laboral, desde el día 3 al día 19 de febrero de 2020. II.- Que se acoge acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales incoada por doña Susana Walesca Pacheco Venegas en contra de doña María Catalina Paul Fernández, declarándose que la demandada infringió, al despedir a la demandante, su garantía constitucional de la honra y, como consecuencia de ello, se le ordena cancelarle las siguientes prestaciones: a) $3.600.000.-por concepto de la indemnización a que hace alusión el inciso tercero del artículo 489 del Código del Trabajo; b) $600.000.- por la indemnización sustitutiva del aviso previo; c) $16.000.-por concepto de feriado proporcional d) $60.000.- por concepto de remuneraciones adeudadas. III.- Que se rechaza la demanda de nulidad del despido y de daño moral incoadas conjuntamente con la de tutela laboral.- IV.- Que las sumas ordenadas pagar lo serán reajustadas y devengarán intereses conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que la demandada deberá abstenerse de ejercer en lo sucesivo actos que importen una vulneración del derecho a la honra de sus trabajadores. VI.- Remítase, una vez ejecutoriada esta sentencia, copia de la misma a la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia para su registro. VII.- Que no se condena en costas a la

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Juzgado de Letras de Los Lagos San Martin 280, segundo Piso Teléfonos: (63) 2461385 / (63) 2460580 E-mail: jl_loslagos@pjud.cl AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA FECHA Los Lagos, a quince de diciembre de dos mil veinte. RUC 20-4-0261683-1 RIT T-4-2020 MAGISTRADO Pablo Patricio Renato Álvarez Solís (REDACCIÓN DE SENTENCIA: MARIANELA LORETO LUNA NEIRA) TRIBUNAL Juzgado de Letras de Los Lag

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