Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

BENAVIDES/CERVECERIA CHILE S.A.

Rol

M-745-2020

Fecha

16 de diciembre de 2020

Materia

Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS  Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece BENJAMÍN FERNANDO BENAVIDES OLIVA RUT17.584.756-1, cesante, con domicilio del patrocinante, demandando a CERVECERÍA CHILE S.A. RUT 96.547.710-1, del giro comercial, representada legalmente por Consuelo Urquiza Garfias, ambos domiciliados en Av. Presidente Frei Montalva N°9.600, Quilicura, Santiago. Señala que ingresó a la empresa el 1 de julio de 2016, en calidad de vendedor, con una remuneración de $1.346.486 y contrato indefinido. Que, la empresa le hizo saber con fecha 30 de octubre de 2020 que ya no seguiría trabajando, y que fuera a firmar el finiquito en la Notaría Tadres, y solamente en esta oportunidad supo que la causal de derecho invocada para su despido era la de necesidades de la empresa, sin haberse cumplido con las formalidades del art.162 del C. del Trabajo, lo que lo deja en situación de indefensión. Jamás se le entregó o envió una carta de despido y tampoco se dio aviso del mismo a la Inspección del Trabajo. Que se suscribió finiquito ante Ministro de fe, con reserva de derechos respecto de la causal aplicada y el descuento del seguro de cesantía. Peticiones concretas: Solicita se declare injustificado su despido y que se condene a la  demandada al pago de: 1.- $1.614.583 de incremento del 30% de la indemnización por años de servicios;  2.- $ 993.554 por aporte del empleador al seguro de cesantía de AFC. Con costas.   SEGUNDO: Contestando la demanda, la demandada opone excepción de transacción y finiquito respecto del no cumplimiento de las formalidades del término de contrato, pues el actor ratificó finiquito con reservas sobre el despido injustificado, pero no hizo ninguna reserva sobre el particular, de manera que se entiende que se cumplió con las formalidades al suscribir el finiquito. En subsidio, solicita el rechazo de la demanda, pues el actor omite que producto de una reestructuración de la empresa, formó parte de una serie de negociaciones respecto de una alianza entre la empresa con Embotelladora Andina y Embonor, enmarcado en un  proceso de externalización del proceso de venta, pasando el proceso logístico y de ventas a Coca Cola, que la empresa ha ofrecido y recomendado al actor para que un día después del despido, el 2 de noviembre, parta trabajando en la Coca Cola. En ese proceso el actor recibió su carta, revisado el finiquito, con pleno conocimiento de los motivos de su salida, de la causal de despido, de manera que existe mala fe del demandante al presentar la demanda. Que el descuento de la AFC es procedente conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.728. Solicita el rechazo de la demanda, con costas. TERCERO: Que se recibió la causa a prueba y se fijaron como hechos a probar: 1.- Hechos contenidos en la carta de despido y que fundarían las necesidades de la empresa. 2.- Efectividad de haberse cumplido con las formalidades de término del contrato. 3.- Contexto en la que se verificó el término del contrato. 4.- Poder liberatorio del finiquito en relación a l

Fallo

se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por BENJAMÍN FERNANDO BENAVIDES OLIVA en contra de CERVECERÍA CHILE S.A., se declara que el despido de fecha 31 de octubre de 2020 es injustificado y en consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1.- $ 1.614.583 de incremento legal de 30% sobre la indemnización por años de servicio conforme a lo establecido en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. 2.- $ 993.554 por concepto de restitución del aporte del empleador al seguro de AFC descontado en el finiquito. Que a las sumas anteriores, se le aplicarán los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. II.- Que no se condena en costas a la demandada, por estimarse que litigó por motivo plausible. Regístrese. RIT    M-745-2020 RUC  20-4-0303960-9 Sentencia dictada por don CHRISTIAN OSSES CARES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA Temuco, dieciséis de diciembre de dos mil veinte.  VISTOS  Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece BENJAMÍN FERNANDO BENAVIDES OLIVA RUT17.584.756-1, cesante, con domicilio del patrocinante, demandando a CERVECERÍA CHILE S.A. RUT 96.547.710-1, del giro comercial, representada legalmente por Consuelo Urquiza Garfias, ambos domiciliados en Av. Presidente Frei Montalva N°9.600, Quilicura, Santia

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