Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

JAIME ARANEDA GONZALEZ C/ NEIL ALAN SILVA ALONSO

Rol

O-270-2017

Fecha

11 de febrero de 2021

Materia

QUEBRANTAMIENTO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Que el día 18 de junio de 2016, siendo las 13:05 horas, personal de Carabineros de Chile sorprendió al requerido don Neil Alan Silva Alonso en la ruta 9 norte frente al kilómetro N°146, conduciendo el vehículo Station Wagon, marca Toyota modelo surf, patente TW.3464, cursándole una infracción por conducir vehículo motorizado sin haber obtenido licencia de conducir. Los antecedentes fueron remitidos para su conocimiento al Primer Juzgado de Policía Local de Punta Arenas, quien a su vez los remitió al fiscalía Local de Punta Arenas, al percatarse que el infractor con fecha 6 de noviembre del año 2014 fue condenado por el Juzgado de Garantía de Castro, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, estando con su licencia de conducir suspendida, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 1 UTM, suspensión de su licencia de conducir por el lapso de 5 años, de manera que al conducir el automóvil referido en la fecha antes señalada, quebrantó la pena de suspensión de licencia impuesta”.- XNXJTXTFPN Franco Daniel Reyes Pozo Juez de garantía Fecha: 16/02/2021 12:02:27 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:fullbuceo@gmail.com Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, once de febrero de dos mil veintiuno. Por estas razones y de acuerdo con lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos 1, 11 Nro. 9, 14, 15, 21 en relación con el artículo 30, articulo 90 Nro. 8 del Código Penal, articulo 1 y

Fallo

Por estas razones y de acuerdo con lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos 1, 11 Nro. 9, 14, 15, 21 en relación con el artículo 30, articulo 90 Nro. 8 del Código Penal, articulo 1 y 11 de la Ley 18.216 en relación con el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA al requerido don NEIL ALAN SILVA ALONZO, cédula nacional de identidad Nro. 13.814.520- 4., a la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal por el tiempo de la condena, como AUTOR DIRECTO del delito CONSUMADO de QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA previsto y sancionado articulo 90 Nro. 8 del Código Penal por el hecho acontecido el día 18 de junio del año 2016 en el territorio jurisdiccional de este Tribunal. II. Que, reuniéndose en este caso los requisito del artículo 11 de la Ley 18.216 y con la expresa voluntad del sentenciado se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de OCHENTA Y UN COMA CINCO (81,5) HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD debiendo XNXJTXTFPN Franco Daniel Reyes Pozo Juez de garantía Fecha: 16/02/2021 12:02:27 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental

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EXTRACTO DE SENTENCIA PRONUNCIADA EN AUDIENCIA Contra: NEIL ALAN SILVA ALONZO, cédula de identidad Nº 13.814.520-4, domiciliado en La Vara lote 2 s/n, comuna Puerto Montt, teléfono 958732441, correo electrónico fullbuceo@gmail.com Hechos: “Que el día 18 de junio de 2016, siendo las 13:05 horas, personal de Carabineros de Chile sorprendió al requerido don Neil Alan Silva Alonso en la ruta 9 norte f

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