Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

FIDEL RODRIGO GARCIA DIAZ C/ MOISÉS ISRAEL LETELIER HERNÁNDEZ

Rol

O-5017-2020

Fecha

15 de febrero de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 08 de Mayo del 2020, en horas de la tarde aproximadamente a las 19:30 horas, los requeridos Moisés Letelier Hernández y Marcelo Jeria Tobar, forzaron la puerta principal de la tienda comercial “García Vellella”, ubicada en Avenida Valparaíso N° 468, Viña del Mar y una vez en su interior, sustrajeron varias prendas de vestir; luego, en los momentos que el requerido Moisés Letelier Hernández salía de la tienda llevando algunas especies, fue sorprendido por Funcionarios Policiales que patrullaban por el lugar, quienes al entrar a la tienda encontraron al requerido Marcelo Jeria Tobar su interior. Vistos y oídos: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 442 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 8 de la ley 18.216, se declara: I. Que, se condena a MOISÉS ISRAEL LETELIER HERNÁNDEZ, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo por su responsabilidad en calidad de autor del delito de robo en lugar no habitado¸ en grado de desarrollo frustrado, hecho ocurrido con fecha 08 de mayo del 2020 en esta jurisdicción. II. Que por reunir los requisitos se le otorga la pena sustitutiva de la reclusión parcial nocturna domiciliaria, bajo control de monitoreo telemático, oficiándose a Gendarmería para el evento de factibilidad técnica de la instalación del dispositivo, esto es, por igual lapso de la pena aplicada, esto es sesenta y un días. Bajo el apercibimiento que si se le revoca o quebrantare, se le sustituirá por una de mayor intensidad. III. Se le exime del pago de las costas de la causa. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y se tiene a los intervinientes por notificados. Dictada por Doña Eliana Isabel Uribe Molina, Juez de Garantía de Viña del Mar. NKRBTXFDXN Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantí

Fallo

se declara: I. Que, se condena a MOISÉS ISRAEL LETELIER HERNÁNDEZ, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo por su responsabilidad en calidad de autor del delito de robo en lugar no habitado¸ en grado de desarrollo frustrado, hecho ocurrido con fecha 08 de mayo del 2020 en esta jurisdicción. II. Que por reunir los requisitos se le otorga la pena sustitutiva de la reclusión parcial nocturna domiciliaria, bajo control de monitoreo telemático, oficiándose a Gendarmería para el evento de factibilidad técnica de la instalación del dispositivo, esto es, por igual lapso de la pena aplicada, esto es sesenta y un días. Bajo el apercibimiento que si se le revoca o quebrantare, se le sustituirá por una de mayor intensidad. III. Se le exime del pago de las costas de la causa. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y se tiene a los intervinientes por notificados. Dictada por Doña Eliana Isabel Uribe Molina, Juez de Garantía de Viña del Mar. NKRBTXFDXN Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantía Fecha: 16/02/2021 11:46:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccide

Texto Completo (Preview)

Fecha Viña del Mar, quince de febrero de dos mil veintiuno RUC 2000471109-3 RIT 5017 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MOISÉS ISRAEL LETELIER HERNÁNDEZ, comparece privado de libertad en el Complejo de Valparaíso. 0020945786-5 Calle GLORIAS NAVALES CALLE 3 BLOCK 2 DEPTO Nº 27 Viña del Mar. Hechos: El día 08 de Mayo del 2020, en horas de la tarde aproximadamente a las 19:30 horas, los re

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica