CRISTIAN HUMBERTO GALINDO VARAS C/ VÍCTOR EDUARDO YÁÑEZ MILLÁN
Rol
O-6901-2020
Fecha
12 de febrero de 2021
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 49, 50, 67, 69, 70 del Código Penal, articulo 194 de la Ley 18.290; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I. Que SE CONDENA a VÍCTOR EDUARDO YÁÑEZ MILLÁN, cédula de identidad 0015277318-8, ya individualizado a la PENA de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en calidad de autor directo, culpable, material e inmediato, y en grado de desarrollo consumado, en un ilícito de conducir un vehículo motorizado sin la licencia de conducir requerida y profesional para aquello, previsto y sancionado en el artículo 194 de la Ley 18.290 Ley del Tránsito, hecho acaecido en horas de la tarde el día 22 de mayo de 2020, en la vía pública de esta ciudad. II. Que reuniéndose en favor del sentenciado los requisitos legales para la concesión de pena sustitutiva, se otorgará a éste la reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo permanecer 61 noches, en el domicilio de El Lloli S/N Sector Rural, Maullin en el horario que media entre las 22:00 horas del día y las 06:00 del día siguiente, Quedando sujeto al control de monitoreo telemático, de existir factibilidad técnica para aquello y en el evento de no ser así, mediante el control por parte de Carabineros de Chile de la unidad Policial más cercana a dicho domicili
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Sentencia: Puerto Montt, doce de febrero de dos mil veintiuno Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 49, 50, 67, 69, 70 del Código Penal, articulo 194 de
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