LUIS CERDA ENCINA C/ PABLO ANDRÉS VEGA BAHAMONDES
Rol
O-1717-2020
Fecha
11 de febrero de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Con fecha 25 de junio del año 2020, a las 22:32 horas aproximadamente en la vía pública, específicamente frente al domicilio en Bombero Venegas N°440 de Cauquenes, el imputado PABLO ANDRES VEGA BAHAMONDES, fue sorprendido circulando sin salvo conducto quebrantando el aislamiento social nocturno decretado por la autoridad sanitaria Minsal, mediante resolución exenta 202 y 212, las cuales establecen toque de queda de carácter sanitario en territorio nacional entre las 22:00 y las 05:00 horas del día siguiente, con la finalidad de frenar la propagación de la pandemia Covid-19, afectando la salud pública. Constituyendo lo antes expuesto el delito del artículo 318 del Código Penal, que corresponde a delitos contra la salud pública, con participación en calidad de autor en grado de desarrollo consumado. A continuación se transcribe la parte resolutiva del fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 1717 - 2020 RUC : 2000651564-K IMPUTADO : PABLO ANDRÉS VEGA BAHAMONDES PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, once de febrero de dos mil veintiuno. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 395 y siguiente del Código Procesal Penal; artículos 1, 70, 318 del Código Penal; Resolución Sanitaria 202 y 212 del Ministerio de Salud y demás disposiciones pertinentes, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a PABLO ANDRÉS VEGA BAHAMONDES, Cédula Nacional de Identidad N°19.939.175-5, domiciliado en Calle RODRIGO DE TRIANA Nº 133, Cauquenes., ya individualizado, en calidad de autor del delito del ARTICULO 318 DEL CODIGO PENAL, a la pena pecuniaria de SEIS Unidad Tributaria Mensual, eximiéndose del pago de las costas del mismo por haber renunciado a la realización de una juicio oral público y contradictorio. II. Que, atendida la situación socioeconómica del condenado se fraccionara el pago de la multa impuesta en DOCE CUOTAS iguales, mensuales y sucesivas de ½ Unidad Tributa
Fallo
fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 1717 - 2020 RUC : 2000651564-K IMPUTADO : PABLO ANDRÉS VEGA BAHAMONDES PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, once de febrero de dos mil veintiuno. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 395 y siguiente del Código Procesal Penal; artículos 1, 70, 318 del Código Penal; Resolución Sanitaria 202 y 212 del Ministerio de Salud y demás disposiciones pertinentes, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a PABLO ANDRÉS VEGA BAHAMONDES, Cédula Nacional de Identidad N°19.939.175-5, domiciliado en Calle RODRIGO DE TRIANA Nº 133, Cauquenes., ya individualizado, en calidad de autor del delito del ARTICULO 318 DEL CODIGO PENAL, a la pena pecuniaria de SEIS Unidad Tributaria Mensual, eximiéndose del pago de las costas del mismo por haber renunciado a la realización de una juicio oral público y contradictorio. II. Que, atendida la situación socioeconómica del condenado se fraccionara el pago de la multa impuesta en DOCE CUOTAS iguales, mensuales y sucesivas de ½ Unidad Tributaria Mensual cada una, siendo pagadera la primera de estas hasta el último día hábil del mes de febrero del presente año y así sucesivamente hasta enterar la multa impuesta. III. En su oportunidad dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT N° : 1717 - 2020 RUC N° : 2000651564-K D
Texto Completo (Preview)
LOS HECHOS: Con fecha 25 de junio del año 2020, a las 22:32 horas aproximadamente en la vía pública, específicamente frente al domicilio en Bombero Venegas N°440 de Cauquenes, el imputado PABLO ANDRES VEGA BAHAMONDES, fue sorprendido circulando sin salvo conducto quebrantando el aislamiento social nocturno decretado por la autoridad sanitaria Minsal, mediante resolución exenta 202 y 212, las cuale
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