ROBINSON GABRIEL GALLERDO ALVAREZ C/ VICTOR ALFONSO VILLARROEL URIBE
Rol
O-244-2020
Fecha
10 de febrero de 2021
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 01 de Febrero de 2020, a las 16:35 horas aproximadamente, el imputado Víctor Alfonso Villarroel Uribe, sin haber obtenido licencia que le habilite para conducir vehículos motorizados, condujo en estado de ebriedad el automóvil marca Daihatsu, modelo Charade, color rojo, Placa Patente Única RF-4824, zigzagueando por calle Bernardo O’Higgins de Carelmapu, comuna de Maullín, y a la altura de la intersección con calle Circunvalación, fue fiscalizado por Carabineros, presentando rostro congestionado, halito alcohólico, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, practicándosele examen de alcohotest que dio un resultado de 1,67 gramos por mil de alcohole en la sangre, tomándole muestra para alcoholemia que arrojó como resultado 1,79 gramos por mil de alcohol en la sangre. CALIFICACIÓN JURÍDICA: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290, en relación con el artículo 110, 209 inciso 2 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo de CONSUMADO, correspondiéndole al requerido participación en calidad de AUTOR. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 n° 9, 15, 30 del Código Penal, articulo BEYQTHXRJD DAVID ALEXIS NEGRETE SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 11/02/2021 15:52:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 196, en relación con el artículo110, 209 inciso 2 de la Ley 18.290 y artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLA
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a VICTOR ALFONSO VILLARROEL URIBE, Cédula Nacional de Identidad N° 16.312.125-5, en calidad de autor del delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 1 de Febrero del 2020, a las siguiente pena: a) 541 días de presidio menor en su grado medio. b) A la Multa de 1 Unidad Tributaria Mensuales, a beneficio fiscal. c) A las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. d) Suspensión de la licencia de conducir por el término de 2 años. II.- Que, se le concede al sentenciado Víctor Villarroel Uribe, el beneficio contemplado en el artículo 8° y siguientes de la Ley 18.216, consistente en la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, por 541 días, en su domicilio ubicado en Volcán Apagado n° 1671, calle B, Padre Hurtado, Puerto Montt, desde las 22:00 horas de la noche hasta las 06:00 horas de la mañana del día siguiente, una vez firme y ejecutoriada la sentencia, dicha pena será fiscalizada a través de monitoreo telemático, póngase en conocimiento al CRS de Puerto Montt para los fines pertinentes. III.- Que se conceden cuotas para el pago de la multa impuesta al sentenciado en 3 cuotas de 1/3 U.T.M cada una de ellas, comenzando a pagar la primera cuota los últimos 5 días del mes de marzo de 2021, la segunda c
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFENITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA Maullín, diez de Febrero de dos mil veintiuno TRIBUNAL Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Maullín MAGISTRADO DAVID ALEXIS NEGRETE SEPÚLVEDA RUC : 2000126778-8 RIT : 244 - 2020 IMPUTADO VICTOR ALFONSO VILLARROEL URIBE RUN 16.312.125-5 DIRECCION Volcán Apagado n° 1671, calle B, Padre Hurtado COMUNA : Puerto Montt DELITO CONDUCCION D
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