M.P. COQBO. C/ YONATHAN NICOLÁS ANDRÉS PORTIÑO ABARZÚA
Rol
O-7425-2020
Fecha
8 de febrero de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 30 de octubre de 2020, a las 03:00 horas aproximadamente, el acusado YONATHAN NICOLÁS ANDRÉS PORTIÑO ABARZÚA, en compañía de otro sujeto aún no identificado, con la intención de sustraer especies, forzaron la puerta metálica de la reja del antejardín, y luego por una ventana de un dormitorio, ingresaron hasta el domicilio ubicado en Mirador Norte 4411, casa 13, Peñuelas, Coquimbo, donde reside la víctima Rodrigo Alfonso Bravo Vallejos junto a su grupo familiar, el que en esos momentos se encontraba sin moradores, y desde el interior, registraron las dependencias, recopilaron y comenzaron a sustraer y apropiarse de diversas especies de propiedad de la víctima, tales como dos televisores LCD, un play station 3, un Xbox 360 con distintos juegos y una chaqueta, las que trasladaron a un sitio eriazo ubicado en las inmediaciones del domicilio, para luego volver a seguir sustrayendo especies, siendo detenido Portiño Abarzúa por Carabineros al interior de la propiedad. El acusado YONATHAN NICOLÁS ANDRÉS PORTIÑO ABARZÚA, momentos antes del horario indicado anteriormente y para llegar al lugar ya referido, transitó por la vía pública, sin portar o mantener salvoconducto o permiso temporal que lo habilitara para ello, infringiendo la Resolución Exenta N° 591 del Ministerio de Salud de Chile, que prohíbe a los habitantes de la República transitar en la vía pública entre las 23:00 y 05:00 horas, norma de aislamiento higiénica o de salubridad, decretada por la autoridad en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, y que fue debidamente publicada en el Diario Oficial con fecha 25/07/20, poniendo con ello en peligro la salud pública atendida la crisis sanitaria en que se encuentra el territorio nacional a raíz del virus COVID-19, declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud con fecha 11 de marzo de 2020. B.- SENTENCIA: Coquimbo, a ocho de febrero de dos mil veintiuno. Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículo
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº 9, 12 Nº 16, 14 N° 1, 15 Nº 1, 31, 49, 50, 318, 432, 440Nº1, 449 y 450 del Código Penal; artículos 2, 45 y siguientes, 295 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y normas pertinentes de la Ley 18.216, Se Resuelve: EYPBTGXCZQ Francisca Paulina Pavez Cepeda Juez de garantía Fecha: 10/02/2021 13:01:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I. Que, SE CONDENA a YONATHAN NICOLÁS ANDRÉS PORTIÑO ABARZÚA, RUN 20.523.966-9, a la pena de CUATRO AÑOS de presidio menor en su grado máximo, por su responsabilidad como autor de un delito frustrado de robo en lugar destinado a la habitación contemplado en el artículo 440 Nº1 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal; y a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y a la pena de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor del delito de infracción a las normas dictadas por la autoridad sanita
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: El día 30 de octubre de 2020, a las 03:00 horas aproximadamente, el acusado YONATHAN NICOLÁS ANDRÉS PORTIÑO ABARZÚA, en compañía de otro sujeto aún no identificado, con la intención de sustraer especies, forzaron la puerta metálica de la reja del antejardín, y luego por una ventana de un dormitorio, ingresaron hasta el domicilio ubicado en Mirador Norte 4411, casa 13, Peñuelas, Coquimb
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