Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

TRANSPORTES LA HERRADURA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COIHAIQUE

Rol

I-71-2019

Fecha

10 de diciembre de 2020

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos a acreditar los siguientes: 1.- Efectividad de existir error de hecho en la dictación de la Resolución N°221 que rechazó la reclamación interpuesta respecto de las multas N°6198/19/14 1, 2 y 3. En la audiencia antes señalada las partes iniciaron la incorporación de sus medios probatorios, los que, en atención a las medidas sanitarias y de restricción de movilidad tomadas por pandemia de Covid 19, se limitaron solo a las pruebas instrumentales, quedando diferida la incorporación de los restantes medios de prueba ofrecidos, para un nuevo día y hora de audiencia. Pruebas de la parte reclamante: I.- Documental. 1.- Recurso administrativo dirigido a la Inspección del Trabajo de La Serena de fecha de recepción 13 de junio de 2019. 2- Acta de notificación de multas aplicadas por la Inspección del Trabajo de La Serena. 3.- Finiquito de trabajo de Exequiel Gerardo González soto y José Antonio Aránguiz Sepúlveda. 4.- Detalle y comprobante de pago de imposiciones del mes de mayo de 2019, de los trabajadores, correspondiente a distintas entidades; documento que es emitido por PreviRed. 5.- Liquidaciones de remuneraciones de mayo 201, de don Exequiel Gerardo González Soto y José Antonio Aránguiz Sepúlveda. Pruebas de la parte reclamada: I.- Documental. 1.- Carátula de informe de fiscalización, comisión Nº401.2019.359, fecha de origen de 29 de marzo de 2019. 2.- Informe de exposición comisión Nº401.2019.359. 3.- Resolución de multa N°6198/19/14, de 2 de mayo de 2019. 4.- Activación de fiscalización comisión Nº401.2019.359, de 29 de marzo de 2019. 5.- Formulario FI-1, comisión Nº401.2019.359, notificación de inicio de procedimiento de fiscalización. 6.- Formulario FI-2, antecedentes verificados en procedimiento de fiscalización. 7.- Formulario FI-4, antecedentes verificados en procedimiento de fiscalización. 8.- Acta de comparendo de conciliación de fecha 29 de marzo de 2019. 9.- Liquidaciones de remuneraciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2019 de don José Sep

Fundamentos

considerando: Primero: Que ha comparecido ante este Juzgado de Letras del Trabajo de la Serena don Matías Mundaca Campos, en representación de la sociedad Transportes La Herradura SpA, RUT 76.280.619-3, domiciliada en Avenida El Santo N°1695, La Serena, quien interpone reclamación en contra de la Dirección del Trabajo de la Región de Coquimbo, RUT: 61.502.000-1, representada por doña Ximena Riquelme Molina, Directora del Trabajo IV Región de Coquimbo, domiciliada en calle Regidor Muñoz N° 342, La Serena, por la Resolución ordinario 221 que confirmó las multas administrativas N°6198/2019-14. 1, 2 y 3 dictada con fecha 6 de agosto de 2019 y notificada con fecha 14 de agosto de 2019, que rechazó la reconsideración de 14 de junio de 2019, solicitando se deje sin efecto las multas al no existir infracción a la normativa laboral. Refiere que la multa administrativa N°6198/2019-14-1, por la suma de 21 UF, fue dictada con error en la fiscalización, afirmando que la Dirección del Trabajo excedió en sus facultades, no pudiendo modificar las liquidaciones de sueldo en cuanto a diferencias en las remuneraciones imponibles y no imponibles, afirmando el reclamante que los contratos de trabajo son una convención entre privados y la forma en que se distribuyan aquellos conceptos en un atributo de los contratantes y en caso de existir diferencias son los Tribunales de justicia los competentes para resolverlas. Agregando que se declaró como imponible una asignación como es el viatico el que no puede ser considerada remuneración por ser un gasto a rendir no remunerativo. Indica además, que al ser la reclamante, por sus ventas, una pequeña empresa, se solicitó que la sanción fuese dejada sin efecto o bien sustituida por capacitación de conformidad a los artículo 506 del Código del Trabajo, debiéndose además conforme al artículo 506 bis del Código del Trabajo, concedérsele un plazo de 5 días para corregir la infracción previo a ser sancionado lo que no se le concedió. Sumado a lo anterior conforme al artículo 506 ter se le debió conceder la posibilidad que sustituyera la multa por alguna de las modalidades del número 2 de ese artículo. Señala que la multa N°6198/2019-14-2, por la suma de 28 UF es del todo excesiva y vulneratoria, por cuanto no ha existido la infracción de no dar cumplimiento a su obligación de retención, declaración y pago del seguro de cesantía, no existiendo deuda previsional. Reiterando además lo señalado en cuanto a que el ente fiscalizador excedió en sus facultades, al determinar la deuda previsional Sobre la multa N°6198/2019-14-3, por la suma de 9 UTM, señala que la resolución es errada y la fiscalización ha sido mal efectuada, puesto que no existe la obligación legal ni reglamentaria que obligue por cada hecho a suscribir un nuevo anexo de descuento que modifique el contrato de trabajo, siendo válido suscribir un anexo de descuentos adjunto al contrato de trabajo y, con cada siniestro, hacer las deducciones que han sido autorizadas por el tra

Fallo

se resuelve: I.- Que se rechaza la reclamación interpuesta por en contra de la Resolución N°221, de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LA SERENA. II.- Que se condena en costas a la reclamante las que se regulan en la suma de $100.000. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese por correo electrónico a las partes. RIT : I-71-2019 RUC: 19-4-0215012-5 Dictada por don Vladimir Hernando Jofré Hidalgo, Juez Interino del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena.

Texto Completo (Preview)

La Serena, a diez de diciembre de dos mil veinte. Vistos. Oídos los intervinientes y considerando: Primero: Que ha comparecido ante este Juzgado de Letras del Trabajo de la Serena don Matías Mundaca Campos, en representación de la sociedad Transportes La Herradura SpA, RUT 76.280.619-3, domiciliada en Avenida El Santo N°1695, La Serena, quien interpone reclamación en contra de la Dirección del Tr

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica