Juzgado de Garantía de San Fernando.

JUAN MOISES LOPEZ CARDENAS C/ FRANCISCA DEL CARMEN CLAVIJO GARRIDO

Rol

O-3905-2020

Fecha

4 de febrero de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: San Fernando, cuatro de febrero de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes artículo 398 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3 5, 7, 11, N° 6, 14, 15 N° 1, 18 y 21 y siguiente, 50, 61 y siguientes, 70, 318 del Código Penal y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a LEONARDO MAURICIO PAVEZ SOTO, cédula de identidad 0011366932-2, FRANCISCA DEL CARMEN CLAVIJO GARRIDO, cédula de identidad 0013504136-K, a sufrir una pena de multa de 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, cada uno de ellos, como autor del delito de INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho cometido en San Fernando, el día 24 de octubre de 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. III.- Que para el pago de la pena de multa impuesta no se concede parcialidades atendido a lo exiguo de la misma haciendo exigible su cumplimiento una vez que esta sentencia quede firme y ejecutoriada. IV.- Que, en el evento que los sentenciados no tuviera bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose ésta en un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado, sin que ello pueda exceder de seis meses. V.- Que en el evento de hacer efectivo el apercibimiento antes indicado no tienen abonos que considerar en la presente causa. VI.- Que reuniendo los sentenciados los requisitos establecidos en el Artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la pena por un plazo de 6 meses, transcurrido este plazo si no ha sido objeto de un nuevo requerimiento o una QFZTTESJQR Ros

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes artículo 398 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3 5, 7, 11, N° 6, 14, 15 N° 1, 18 y 21 y siguiente, 50, 61 y siguientes, 70, 318 del Código Penal y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a LEONARDO MAURICIO PAVEZ SOTO, cédula de identidad 0011366932-2, FRANCISCA DEL CARMEN CLAVIJO GARRIDO, cédula de identidad 0013504136-K, a sufrir una pena de multa de 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, cada uno de ellos, como autor del delito de INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho cometido en San Fernando, el día 24 de octubre de 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, no se le condena en costas por haber ahorrado costos al erario nacional. III.- Que para el pago de la pena de multa impuesta no se concede parcialidades atendido a lo exiguo de la misma haciendo exigible su cumplimiento una vez que esta sentencia quede firme y ejecutoriada. IV.- Que, en el evento que los sentenciados no tuviera bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose ésta en un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado, sin que ello pueda exceder de seis meses. V.- Que en el evento de hacer efectivo el apercibimiento antes indicado no tienen

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AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO cuatro de febrero de dos mil veintiuno Ruc: 2001086790-9 Rit: 3905 - 2020 Hora Inicio: 09:55 Hora Término: 10:00 Imputado: FRANCISCA DEL CARMEN CLAVIJO GARRIDO C.I. N° 0013504136-K Comparece: SI Domicilio: Calle Medialuna S/N, La Torina, Pichidegua. Imputado: LEONARDO MAURICIO PAVEZ SOTO C.I. N° 0011366932-2 Comparece: SI Domicilio: Calle Medialuna S/N, La

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