MINISTERIO PUBLICO C/ REINALDO ALFREDO CHIPOCO REYES
Rol
O-12187-2020
Fecha
2 de febrero de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “ El día 24 de Noviembre de 2020, a las 12.10 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima se encontraba estacionada en su vehículo station wagon Mazda mpv, color negro, placa patente LVRX-63, no acompañante, en calle Avelino Villagrán frente al número 2331, donde funciona el mercado Carlos Ibañez del Campo, lugar donde descendió la madre de la víctima para realizar unas compra en dicho mercado, momento en que se le acerca a la víctima el acusado, quien le intimidó manifestándole a viva voz “el auto o balazo”, ante lo cual la victima observa desde el interior del vehículo que el acusado muestra desde el cinto un cañón al parecer arma de fuego, y ante tal situación, y más aún que se encontraba su hija de cinco años la cual sufre autismo en su silla de bebe en la parte trasera del vehículo, descendió de este y al estar ya en la acera, se acercó una mujer desconocida la cual acompaño al acusado, que le preguntó a éste, por qué estaba robando el móvil, gritando éste que no se metiera en sus cosas, subiendo ambos al vehículo dándose a la fuga del lugar, en dirección desconocida”. Calificación jurídica: Autor del delito consumado de Robo con intimidacion previsto y sancionado en el rtículo 436 del código penal. BHCCTFXXDE Juan Gustavo Araya Contreras Juez de garantía Fecha: 05/02/2021 12:53:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación en los cuales ésta se funda, está de acuerdo en tramitar el presente asunto de conformidad a las normas del procedimiento abrevi
Fallo
se declara: I. Que se condena a REINALDO ALFREDO CHIPOCO REYES, cédula de identidad N° 19.147.763-4, ya individualizado, a las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, cometido en Arica el 24 de noviembre de 2020. Se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo tiempo de la condena, menos los 71 días que ha estado privado de libertad en la causa (1.024 días en total). Además se impone la obligación de la letra d) del artículo 17 ter de la Ley 18.216, consistente en la obligación de someterse a un programa formativo relativo al daño que genera la droga en el organismo, programa que se incluirá en el plan de intervención individual, que se aprobará en la audiencia del próximo lunes 22 de marzo, a la que queda notificado desde ya. Si la pena sustitutiva fuere revocada, el condenado cumplirá efectivamente la pena corporal, abonándose a su favor los mismos 71 días, más el tiempo que alcanzare a cumplirla. Regístrese y dese cumplimiento a lo previsto en los artículos 468 del Código Procesal Penal, 38 de la Ley 18.216 y 17 de la Ley 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registro de ADN. Téngase presente la renun
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, dos de febrero de dos mil veintiuno Magistrado JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Fiscal DANIEL VALENZUELA CASTILLO Defensor RODRIGO FERNANDO TORRES DÍAZ Tipo Audiencia Procedimiento Abreviado Hora inicio 13.19 Hora termino 13.43 Sala Segunda Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2001188929-9-992-020221-00-11 - PABR JAC AMG RIT 12187 2020 Acta Amg RUC 2
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