Juzgado de Garantía de Arica.

MINS.PUBLICO ARICA C/ BRANCO JEREMÍAS PORRAS URIBE

Rol

O-11703-2019

Fecha

2 de febrero de 2021

Materia

DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DEL CODIGO 130, OTROS ESTRAGOS.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Los hechos: “El día 10 de noviembre de 2019, a eso de las 19:30 horas, el acusado Branco Porras Uribe, con la intención de turbar gravemente el orden público e interrumpir el normal tránsito vehicular, procedió a transportar desde las laderas del cerro aledaño a la intersección de Oscar Belmar con Bernardino Guerra de esta ciudad, tres neumáticos de vehículos usados, elementos conocidamente dispuestos para provocar incendios, los que introdujo al interior de una barricada existente en la intersección de las calles antes señaladas, con lo cual mantuvo vivo el fuego existente en el lugar por aproximadamente una hora, impidiendo con ello el normal tránsito vehicular, lo cual fue observado por funcionarios policiales apostados en un puesto de observación, quienes luego de vigilar al imputado, procedieron a su detención en la intersección de calle Oscar Belmar con Pasaje 6 de esta ciudad.” Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, constituyen el delito de previsto y sancionado en el artículo 269 del Código Penal, y el delito previsto y sancionado en el artículo 481 del Código Penal. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia condenatoria: Arica, dos de febrero de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 7°, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 30, 50, 68, 74, 269 y 481 del Código Penal; 1, 4°, 36, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a BRANCO JEREMÍAS PORRAS URIBE, cédula de identidad N° 18.256.047-2, ya individualizado, a las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito MXXVTEXVLT Juan Gustavo Araya Contreras Juez de garantía Fecha:

Fallo

se declara: I. Que se condena a BRANCO JEREMÍAS PORRAS URIBE, cédula de identidad N° 18.256.047-2, ya individualizado, a las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito MXXVTEXVLT Juan Gustavo Araya Contreras Juez de garantía Fecha: 04/02/2021 16:19:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl consumado de desordenes publicos, previsto y sancionado en el artículo 269 del Código Penal, cometido en Arica el 10 de noviembre de 2019. II.- Que se condena al mismo BRANCO JEREMÍAS PORRAS URIBE, ya individualizado, a las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de portar especies para causar el delito de incendio, castigado por el artículo 481 del Código Penal, cometido también en Arica el 10 de noviembre de 2019. Las penas corporales se sustituyen por 161 horas y 20 minutos de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. El cumpl

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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, dos de febrero de dos mil veintiuno Magistrado JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Fiscal DANIEL JERÓNIMO VALENZUELA CASTILLO Defensor RODRIGO FERNANDO TORRES DÍAZ Abg. Querellante MARIA TERESA BARRIOS Tipo de Audiencia Procedimiento Abreviado Hora inicio 11.52 Hora termino 12.33 Sala Segunda Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 1901211521-3-992-020221-00

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