MINISTERIO PUBLICO C/ CAMILO GUIDO ANDRÉS MOLINA FIGUEROA
Rol
O-651-2020
Fecha
2 de febrero de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que el Ministerio Público, ha presentado requerimiento en contra de don Jorge Enrique González Garnica, cédula de identidad N°19.751.034-K, domiciliado en calle Las Quilas N°341 de la ciudad de La Unión; y Kevin Aaron Salgado Cárdenas, cédula de identidad N°19.535.652-1, domiciliado en calle Las Lucumas N°1430 de la ciudad de La Unión, por su responsabilidad en los siguientes hechos. “El día 21 de Mayo del año 2020, siendo aproximadamente las 23:30 horas, los requeridos Camilo Guido Andrés Molina Figueroa, Jorge Enrique González Garnica, Samuel Esteban Venegas Fuentes y Kevin Aaron Salgado Cárdenas, fueron sorprendidos por personal del Ejército de Chile transitando a pie por el puente Comercio de la ciudad de La Unión, sin contar con salvo conducto extendido por la autoridad pertinente que los autorizase para aquello; poniendo en peligro la salud pública por infringir con ello las reglas higiénicas o de salubridad vigentes, publicadas por la autoridad sanitaria a raíz del brote de COVID-19, esto es, la resolución exenta Nº210 de fecha 26 de Marzo del año 2020, dictada por el Ministerio de Salud de Chile, por la que se impuso a todos los habitantes de la República la prohibición de salir a la vía pública, como medida de aislamiento, entre las 22:00 horas de cada día y 05:00 horas del día siguiente, a partir del 22 de Marzo del año 2020 y por un plazo indefinido”. Hechos que, a juicio del Ministerio Público constituyen el delito de poner en peligro la salud pública por infracción a reglas higiénicas o de salubridad dispuestas por la autoridad en tiempo de catástrofe o epidemia, prescrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal. En dicho delito se ha atribuido una participación en calidad de autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal y en grado de ejecución, consumado. Estimando el tribunal que la exposición fiscal de los antecedentes funda adecuadamente el requerimiento y la multa propuesta, SE RESUELVE. Visto lo dispuesto en los a
Fallo
SE RESUELVE. Visto lo dispuesto en los artículos 392 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y se condena a Jorge Enrique González Garnica, cédula de identidad N°19.751.034-K, y a Kevin Aaron Salgado Cárdenas, cédula de identidad N°19.535.652-1, a sufrir la pena de multa de una U.T.M. a beneficio fiscal, como autor del delito previsto en el artículo 318 del Código Penal, acaecido el día 21 de mayo de 2020, en la comuna de La Unión. II.- Que no se condena en costas al sentenciado, por estimar que con la aplicación del presente procedimiento se ha ahorrado recursos al erario fiscal. La multa impuesta deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la referida unidad tributaria al momento del pago, mediante un depósito efectuado en la Tesorería General de la República, mediante Formulario N° 10, debiendo presentar dicho formulario en el Tribunal, a la brevedad, para tener por acreditado su pago. XMYMTEZCPH Pablo Andres Gutierrez Quidel Juez de garantía Fecha: 03/02/2021 13:54:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl III.- Si la multa es pagada dentro de los 15 días
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Sentencia Procedimiento Monitorio La Unión, dos de febrero de dos mil veintiuno VISTOS: Que el Ministerio Público, ha presentado requerimiento en contra de don Jorge Enrique González Garnica, cédula de identidad N°19.751.034-K, domiciliado en calle Las Quilas N°341 de la ciudad de La Unión; y Kevin Aaron Salgado Cárdenas, cédula de identidad N°19.535.652-1, domiciliado en calle Las Lucumas N°1430
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