MINISTERIO PUBLICO C/ SERGIO JAVIER PÉREZ CALISTO
Rol
O-46-2021
Fecha
31 de enero de 2021
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos el día 30 de enero de 2021 alrededor de las Conforme de Derecho X No se encuentra en conformidad a Derecho Orden de Libertad X Contraorden CXYJTDKWXR Paulina Natalia Tapia Lorca Juez de garantía Fecha: 02/02/2021 11:17:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:perezcalistoalbo@gmail.com mailto:telmamaureira76@gmial.com . 22:20 horas doña Telma Margarita Maureira Ferrada concurrió hasta el domicilio de su ex conviviente don Sergio Javier Pérez Calisto, ubicado en calle Abraham Lincoln N° 70 de la Población Los Volcanes comuna de Los Muermos, para retirar el hijo de 5 años que mantienen en común, y ante la demora en la entrega del niño iniciaron una discusión en el lugar donde el imputado Sergio Pérez Calisto agredió con golpe de puño en el rostro a doña Telma Maureira resultando con una lesión en el rostro, esta última en respuesta le propino golpes de puño en la cara, costillas y patadas al cuerpo resultando igualmente con lesiones en el cuerpo, declaradas clínicamente leves por el Cesfam de Los Muermos, configurándose el delito de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar ilícito previsto y sancionados en el artículo 399, 400 y 494 N°5 del Código Penal en relación al artículo 5 de la ley 20066. El ilícito se encuentra consumado y la participación les corresponde en calidad de autores ejecutores conforme lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Respecto de las circunstancias modificativas respecto del imputado Pérez Calisto no concurren y respecto de la imputada Maureira Ferrada la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Procesal Penal, todas ellas fundamenta
Fundamentos
Considerando que la imputada no cuenta con antecedentes penales en su extracto de filiación y antecedentes ni suspensiones condicionales del procedimiento, el ministro publico propone a la imputada una salida alternativa en este caso la suspensión condicional del procedimiento solicitando la imposición de las siguientes condiciones, artículo 238 letra g) fijar domicilio, letra h) en relación al artículo 9 letras b) y c) de la ley 20066, por el término de un año. CXYJTDKWXR Paulina Natalia Tapia Lorca Juez de garantía Fecha: 02/02/2021 11:17:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl . Suspensión condicional del procedimiento.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2100097349- 9 46-2021 RELACIONES.: MAUREIRA FERRADA TELMA MARGARITA / Lesiones menos graves. Tiempo Suspensión 1 Grado de participación Autor. Escala Suspensión Años. Artículos Letra g del art. 238. Artículos Letra h del art. 238. Decreta Medida Accesoria VIF Art. 9 Letra B: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2100097349- 9 46-2021 PARTICIPANTES.: Denunciado. - MAUREIRA FERRADA TELMA MARGARITA Tiempo 1 Escala Duracion Años. Decreta Medida Accesoria VIF Art. 9 Letra C: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2100097349- 9 46-2021 PARTICIPANTES.: Denunciado. - MAUREIRA FERRADA TELMA MARGARITA Comiso arma Tiempo 1 Escala Duración Años. Suspensión condicional del procedimiento MAUREIRA FERRADA TELMA MARGARITA: 1 año X 36 meses Plazo 18 meses 2 AÑOS: Artículo 238 Código Procesal Penal Letra Condición Descripción Hito a) Residir lugar determinado a) No Residir en lugar determinado a) Víctima b) Abstenerse de frecuentar b) A su Lugar de Trabajo c) Tratamiento terapéutico en a) Alcohol CXYJTDKWXR Paulina Natalia Tapia Lorca Juez de garantía Fecha: 02/02/2021 11:17:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl . b) Drogas c) Agresividad d) Otros. d) Tener trabajo o empleo en a) Educacional d) Asistir programa b) Capacitación a) La víctima b) Institución públicae) Pagar la suma de $ cuotas c) Institución privada a) Ministerio Público b) Carabineros f) Firma c) Otros g) Fija domicilio e informa cambio h) Otra condición X 6 meses 36 meses Plazo 1 año X 2 años : Artículo 9° Ley N° 20.066 a) Obligación de abandonar el hogar que comparte con la víct
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a SERGIO JAVIER PÉREZ CALISTO, cédula de identidad N° 0015848014-K, nacido el 28 de septiembre de 1984, 36 años, soltero, trabajador de piscicultura domiciliado en calle Abraham Lincoln N° 70 de la Población Los Volcanes comuna de Los Muermos como AUTOR de delito de Lesiones Menos Graves en contexto de violencia Intrafamiliar, en grado de desarrollo consumado, ilícito ocurrido el día 30 de enero de 2021 en la comuna de Los Muermos, en perjuicio de su ex conviviente doña Telma Margarita Maureira Ferrada a la pena de pago de UNA MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, pagadera en moneda de curso legal al momento de su pago. Que, en asimismo se le condena a las penas accesorias de la letras b) y c) del artículo 9 de la Ley 20.066, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima doña Telma Margarita Maureira Ferrada a su domicilio ubicado en Población 12 de Octubre calle Colon N°36 y domicilio laboral sector Palihue S/N ambos de la comuna de Los Muermos, y la prohibición de porte y tenencia de arma de fuego y en su caso el comiso de estas especies. Se hace presente que las sanciones antes aplicadas lo será por el lapso de un año. II- Que, la multa impuesta de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, deberá ser pagada en moneda en curso legal vigente al momento de pago efectivo, en este caso de tres cuotas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, la primera con vencimiento el 31 de marzo de 2021 las siguientes los días 30 de cada mes en lo suces
Texto Completo (Preview)
. Individualización de Audiencia de control de detencion por videoconferencia. Fecha Los Muermos., treinta y uno de enero de dos mil veintiuno Magistrado PAULINA NATALIA TAPIA LORCA Fiscal ALEJANDRO ANDRES GOMEZ HERRERA Defensor RODRIGO ALEJANDRO ALARCÓN REYES Hora inicio 12:59PM Hora termino 01:26PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de los Muermos. Acta CMV RUC 2100097349-9 RIT
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