Juzgado de Garantía de San Bernardo

MP C/ JORGE LUIS GUAJARDO AGUILERA

Rol

O-8660-2019

Fecha

1 de febrero de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El día 20 de julio de 2019 aproximadamente a las 04:15 horas de la madrugada, funcionarios policiales en un patrullaje preventivo, se percatan que en calle Sargento Aldea N° 456 Buin, el imputado había ingresado a dicho inmueble mediante el escalamiento del cierre perimetral, esto es de la reja y muro perimetral del inmueble y salió del mismo inmueble, arrojando un bulto, correspondiente a un saco contenedor de leña el que había sido sustraído del domicilio señalado de la víctima Pedro Ignacio Núñez Farías, que reconoce las especies como de su propiedad. Especies que el imputado se apropió en contra de la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 9, 15 No. 1, 440 y 449 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a JORGE LUIS GUAJARDO AGUILERA, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como PXXNTDXNQQ PABLO ALFONSO ESCOBAR NAVARRO Juez de garantía Fecha: 02/02/2021 10:18:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 autor del delito de robo en lugar habitado, en grado de ejecución frustrado, pu

Fallo

se declara: I.- Que se condena a JORGE LUIS GUAJARDO AGUILERA, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como PXXNTDXNQQ PABLO ALFONSO ESCOBAR NAVARRO Juez de garantía Fecha: 02/02/2021 10:18:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 autor del delito de robo en lugar habitado, en grado de ejecución frustrado, punible como consumado, previsto y sancionado en el artículo 440 del Código Penal, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal, el 20 de julio de 2019 . II.- Que, atendido los antecedentes personales y sociales del sentenciado, en particular su extracto de filiación y antecedentes, no se decreta ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley No. 18.216, por lo que deberá cumplir efectivamente la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta, sirviéndole de abono el tiempo que estuvo sujeto a la

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Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : uno de febrero de dos mil veintiuno. Imputado : JORGE LUIS GUAJARDO AGUILERA, cédula de identidad N° 14.367.650-1, con domicilio en Pasaje SANTO DOMINGO Nº 782, comuna de Buin.. Víctima : PEDRO IGNACIO NUÑEZ FARIAS. Fiscal : LUIS OLGUIN A

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