Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ LUIS EVALDO ALDERETE JARAMILLO

Rol

O-7288-2020

Fecha

29 de enero de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. RIT 7288 - 2020 RUC 2000917100-3 Pronunciada por doña MÓNICA YOLANDA SIERPE SCHEUCH, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: KAV. HJZKTCPJXS Monica Yolanda Sierpe Scheuch Juez de garantía Fecha: 29/01/2021 12:26:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-01-29T12:28:32-0400 Corte Suprema Monica Yolanda Sierpe Scheuch Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 70 y 442 N° 1 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a LUIS EVALDO ALDERETE JARAMILLO, RUN N° 13.170.725-8, ya individualizado, como autor de dos delitos frustrados de Robo con fuerza en lugar no habitado en perjuicio de empresa Chilexpress y empresa “Distribución y Excelencia S.A”, cometidos en Puerto Montt los días 07 de septiembre de 2020 y 27 de septiembre de 2020 respectivamente, a LA PENA UNICA de CUARENTA Y DOS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, SE CONDENA a LUIS EVALDO ALDERETE JARAMILLO, RUN N° 13.170.725-8, ya individualizado, como autor de un delito consumado de Robo con fuerza en lugar no habitado en perjuicio de ELECTROCOM MCT cometido en Puerto Montt el día 04 de septiembre de 2020, a la PENA de CIEN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, todas las penas privativas de libertad impuestas SE TIENEN POR CUMPLIDAS con el tiempo que ha permanecido bajo la medida cautelar de arresto domiciliario y en Prisión Preventiva desde el 08 de septiembre de 2020 a la fecha, lo que suma un total de 144 días. III.- Que, no se le condena en

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Sentencia: Puerto Montt, veintinueve de enero de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 70 y 442 N° 1 del Código

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