1º Juzgado de Letras de San Fernando

NÚÑEZ/MANCILLA

Rol

O-42-2020

Fecha

7 de diciembre de 2020

Materia

Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: LOS HECHOS: LA DEMANDA: PRIMERO: Comparece ante este tribunal don Luis Antonio Núñez Núñez, cesante, domiciliado en Fundo Casas de Montecillo S/N, sector de Puente Negro, comuna de San Fernando, quien en procedimiento de aplicación general interpone demanda de despido carente de causa legal y cobro de indemnizaciones, en contra de su ex empleador don Mario Mancilla Oyarzun, agricultor, domiciliado en Fundo Casas de Montecillo S/N, sector de Puente Negro, comuna de San Fernando, en virtud de los siguientes argumentos. Expone que con fecha 4 de junio de 2012, comenzó a prestar servicios personales para el demandado bajo vínculo de subordinación y dependencia, en los términos preceptuados en el artículo 7 del Código del Trabajo, de manera indefinida, en virtud de la cual realizó diversas labores en calidad de operario, donde comenzó como tractorista, posteriormente se dedicó a la conducciones de camiones y también de mini excavadora, entre otros. Indica que su jornada laboral se extendía de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas y los días sábados desde las 08:00 a 13:00 horas, que su remuneración se pactó en el sueldo mínimo, más el 25 % de gratificación legal, todo ello junto con el pago de bonos de colación, movilización y maquinaria, cada uno de los cuales ascendía durante el último periodo de la relación laboral a la suma de $ 33.250; $22.800 y $107.000 aproximadamente, por lo que su última remuneración mensual devengada para los efectos del artículos 172 del Código del Trabajo, ascendió a $ 563.675. En cuanto al término de la relación laboral, sostiene que el día 20 de marzo 2020 ingresó a trabajar como cualquier día a las 08:00 horas, presentándose ante uno de sus jefes, el señor Román, incorporado en dicha calidad recientemente, quien le solicita que cada mañana debía revisar el filtro de aire del Yale -monta carga- que el demandante utilizaba como herramienta de trabajo, ante lo cual le señaló que no podía comprometerse con dicha obligación estrictame

Fallo

se decide esperar a la semana entrante para determinar cuál sería su proceder, y como no se presentó el lunes siguiente, se determina esperar al día martes por si presentaba alguna licencia médica y en caso que aquello no ocurriera y no diera una justificación razonable, se debería analizar la posibilidad de desvincularlo por inasistencias, todo ello porque era menester actuar con prudencia, dado que el viernes el trabajador había marcado asistencia normal, a pesar de haberse retirado intempestivamente y el sábado, no trabajaba jornada completa, por lo que no se podía considerar para efectos de un eventual despido por inasistencia. Manifiesta que el día martes 24 de marzo de 2020, don Mario Mancilla llama al demandante y le señala que debía regresar a su trabajo ya que no había sido despedido, pero el trabajador le insiste en que sí había sido despedido y que no volvería y ante la insistencia del empleador, el actor "quedó de pensarlo" y llamarle de vuelta, lo que efectivamente ocurrió, manifestando que no se reincorporaría y que mantenía su decisión. Aclara que ante esta respuesta don Mario Mancilla le manifestó que concurriera al día siguiente a regularizar su renuncia voluntaria y consensuar los términos de la relación laboral, pero al no producirse esta reunión, el día 26 de marzo de este año se le envió un mensaje a través del sistema WhatsApp reiterando la solicitud de reunirse; se le esperó lo que restaba de semana para que recapacitara y también para que, ante una neg

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San Fernando, siete de diciembre de dos mil veinte. VISTO: LOS HECHOS: LA DEMANDA: PRIMERO: Comparece ante este tribunal don Luis Antonio Núñez Núñez, cesante, domiciliado en Fundo Casas de Montecillo S/N, sector de Puente Negro, comuna de San Fernando, quien en procedimiento de aplicación general interpone demanda de despido carente de causa legal y cobro de indemnizaciones, en contra de su ex e

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