Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

MINISTERIO PUBLICO C/ GABRIELA DEL CARMEN CABRERA GÁLVEZ

Rol

O-304-2020

Fecha

27 de enero de 2021

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y circunstancias materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral son los siguientes: “Que el día 18 de Agosto del 2019 a eso de las 06.04 horas, personal policial que realizaba un patrullaje preventivo, concurrieron al pasaje Las Tunas y al llegar a la intersección de pasaje Los Helechos Arica, se percatan de la presencia de un vehículo marca Sangyong modelo Rexton, placa patente única, JLTK -34, el circulaba con las luces apagadas y al ser consultada a CENCO, registraba encargo vigente por el delito de apropiación indebida, siendo fiscalizado y detenido sus ocupantes, correspondiendo al conductor identificado como la acusada GABRIELA DEL CARMEN CABRERA GÁLVEZ quien no podía menos conocer el origen ilícito del vehículo y su acompañante Cristian Panayotopulos Vallejos, quienes fueron puestos a disposición del Tribunal de Garantía de Arica, a la Audiencia de Control de La Detención. Posteriormente a las 10.40 horas en el interior del Tribunal de Garantía de Arica, ubicado en Gral. Pedro Lagos Marchant 766 de esta ciudad, al momento de ser revisada la acusada GABRIELA DEL CARMEN CABRERA GÁLVEZ, por personal de Gendarmería de Chile, le fue encontrado, 1 banano de color negro cuyo interior mantenía 1 cartucho, marca PNP2019, 9MM, el cual se encontraba apto para el disparo, además la acusada no mantiene autorización para su porte o tenencia”. PXKWTBSJNW Oscar Antonio Huenchual Pizarro Juez Redactor Fecha: 27/01/2021 15:00:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos constituyen los delitos consumados de receptación de ve

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. El día veintidós de enero de dos mil veintiuno, ante una sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, integrada por los jueces titulares señor Eduardo Hilario Rodríguez Muñoz y señor Oscar Antonio Huenchual Pizarro y el Juez Suplente señor Sebastián Andrés Herrmann Lunecke, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa R.U.C. Nº 1910040123-4, R.I.T. N° 304-2020, seguida por los delitos de delito de receptación de vehículo motorizado previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal y de porte ilegal de cartuchos y municiones del artículo 9° inciso 2° de la ley 17.798, en contra de GABRIELA DEL CARMEN CABRERA GÁLVEZ, chilena, cédula de identidad Nº 18.711.594-9, nacida en Copiapó el 20 septiembre 1994, 26 años, soltera, asesora del hogar, domiciliada en calle Las Añañucas N° 2442, población Tarapacá Oriente, Arica, y actualmente sujeta a las medidas cautelares del artículo 155 letras c), d) y g) del Código Procesal Penal, quien se encuentra representado por el abogado defensor penal Richard Salazar Pávez Fue parte acusadora, el Ministerio Público, representado por el Fiscal Cristian Sanhueza Novoa. Todos los intervinientes con domicilio y forma de notificación registrados ante este Tribunal. SEGUNDO: Acusación Fiscal. Los hechos y circunstancias materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral son los siguientes: “Que el día 18 de Agosto del 2019 a eso de las 06.04 horas, personal policial que realizaba un patrullaje preventivo, concurrieron al pasaje Las Tunas y al llegar a la intersección de pasaje Los Helechos Arica, se percatan de la presencia de un vehículo marca Sangyong modelo Rexton, placa patente única, JLTK -34, el circulaba con las luces apagadas y al ser consultada a CENCO, registraba encargo vigente por el delito de apropiación indebida, siendo fiscalizado y detenido sus ocupantes, correspondiendo al conductor identificado como la acusada GABRIELA DEL CARMEN CABRERA GÁLVEZ quien no podía menos conocer el origen ilícito del vehículo y su acompañante Cristian Panayotopulos Vallejos, quienes fueron puestos a disposición del Tribunal de Garantía de Arica, a la Audiencia de Control de La Detención. Posteriormente a las 10.40 horas en el interior del Tribunal de Garantía de Arica, ubicado en Gral. Pedro Lagos Marchant 766 de esta ciudad, al momento de ser revisada la acusada GABRIELA DEL CARMEN CABRERA GÁLVEZ, por personal de Gendarmería de Chile, le fue encontrado, 1 banano de color negro cuyo interior mantenía 1 cartucho, marca PNP2019, 9MM, el cual se encontraba apto para el disparo, además la acusada no mantiene autorización para su porte o tenencia”. PXKWTBSJNW Oscar Antonio Huenchual Pizarro Juez Redactor Fecha: 27/01/2021 15:00:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada correspon

Fallo

Por tanto, a través de la prueba material, fotografías del banano y munición, más la prueba pericial que tratará de incorporar, intentará acreditar, más allá de toda duda razonable, la existencia del delito de tenencia ilegal de munición. En cuanto a la defensa, en su alegato de apertura, indicó que pedirá la absolución por ambos ilícitos. En primer término, de la receptación del vehículo motorizado, sostiene que el Ministerio Público deberá acreditar la existencia del delito base, por así decirlo, dar cuenta que el objeto, en este caso, que el vehículo fue objeto de un delito, cuestión que, desde los medios de prueba que ofrece el Ministerio Público, en su auto de apertura, no se acompaña, por ejemplo, como un elemento fundamental el parte denuncia u otro elemento que pudiera dar cuenta de la existencia del mismo. Sin perjuicio de ello, el delito que fue objeto el vehículo es un delito de apropiación indebida, y desde esa perspectiva, la apropiación indebida es cuando se entrega una cosa muebla a un tercero para su depósito o administración, y desde esa perspectiva, refiere que su representada, y así lo explicará al momento de prestar declaración, es que cotidianamente ve a una persona que utiliza un vehículo, sin saber el título jurídico, y se lo pide prestado el día que fue detenida, no existiendo una forma concreta de poder determinar si efectivamente si el vehículo provenía o estaba sujeto a PXKWTBSJNW Oscar Antonio Huenchual Pizarro Juez Redactor Fecha: 27/01/2021 15:

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1 C/ GABRIELA DEL CARMEN CABRERA GÁLVEZ RECEPTACIÓN ARTÍCULO 496 BIS A CÓDIGO PENAL / PORTE ILEGAL DE CARTUCHOS Y MUNICIONES ARTÍCULO 9 DE LA LEY N° 17.798 ROL ÚNICO: Nº 1910040123-4 ROL INTERNO: Nº 304-2020 Arica, veintisiete de enero de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. El día veintidós de enero de dos mil veintiuno, ante una sala de este Tribunal de Juici

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