Juzgado de Garantía de Vallenar.

CARABINEROS VALLENAR C/ VÍCTOR ORLANDO ALANIS ALANIS

Rol

O-2912-2020

Fecha

27 de enero de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “Que desde el 30 de enero del 2020 y por medio de actos jurídicos formales, la autoridad sanitaria de la República ha constatado que el contagio del virus COVID-19 constituye un peligro para la salubridad pública; razón por la cual el Presidente de la República el 18 de marzo de 2020 ejerció la facultad constitucional de declarar el Estado de Catástrofe por Calamidad Pública. En virtud de lo cual dispuso la medida de aislamiento y prohibición a todos los habitantes de la República de salir a la vía pública, horario en que actualmente se encuentra vigente desde las 00:00 horas a las 05:00 horas, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión; medida que fue publicada en el Diario Oficial y difundida por los medios de comunicación para conocimiento general de la población. Vulnerando tal prohibición sanitaria, el día 16 de Noviembre de 2020, a las 01:55, los imputados VÍCTOR ORLANDO ALANIS ALANIS y ANDERSON CHALPARIZAN NIÑO fueron sorprendidos por funcionarios de Carabineros en la vía pública en la intersección de calle Arturo Prat esquina Atacama sin portar consigo permiso o salvo conducto que los habilitará para estar en la vía pública, razón por la cual fueron detenidos en dicho lugar.” SE DECLARA: I. Que se condena al imputado VÍCTOR ORLANDO ALANIS ALANIS ya individualizado en esta audiencia, por su participación en calidad de autor en el delito de INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE HIGIENE Y SALUBRIDAD PÚBLICA previsto y sancionado en el ARTÍCULO 318 INCISO 1° DEL CÓDIGO PENAL, en grado CONSUMADO, hecho perpetrado el día 16 de noviembre del año 2020, en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de multa UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. Que la pena de multa impuesta, se tendrá por CUMPLIDA con cargo al tiempo que permaneció privado de libertad y paso a control de detención entre los días 26 y 27 de enero del año 2021. III. Se exime al sentenciado al pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente sentencia cú

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena al imputado VÍCTOR ORLANDO ALANIS ALANIS ya individualizado en esta audiencia, por su participación en calidad de autor en el delito de INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE HIGIENE Y SALUBRIDAD PÚBLICA previsto y sancionado en el ARTÍCULO 318 INCISO 1° DEL CÓDIGO PENAL, en grado CONSUMADO, hecho perpetrado el día 16 de noviembre del año 2020, en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de multa UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. Que la pena de multa impuesta, se tendrá por CUMPLIDA con cargo al tiempo que permaneció privado de libertad y paso a control de detención entre los días 26 y 27 de enero del año 2021. III. Se exime al sentenciado al pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. V. Anótese y regístrese, téngase por notificados a los intervinientes y al imputado en esta audiencia y archívese en su oportunidad. VI. Téngase presente la renuncia a los recursos y plazos legales, teniendo la sentencia por firme y ejecutoriada a contar de esta fecha. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. FXFXTBHKDV Marjorie Graciela Montero Ardiles Juez de garantía Fecha: 27/01/2021 13:10:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICA

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, veintisiete de enero de dos mil veintiuno TRIBUNAL: Tribunal de Garantía de Vallenar MAGISTRADO : MARJORIE GRACIELA MONTERO ARDILES RUC: 2001154972-2 RIT: 2912 - 2020 IMPUTADO: VÍCTOR ORLANDO ALANIS ALANIS C.I. 0013532568-6 FECHA DE NAC. 08-11-1979 DIRECCION RAMIREZ N° 731, DEF. PENAL PÚBLICA COMUNA: VALLENAR DELITO INFRAC

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