MINISTERIO PUBLICO POZO ALMONTE C/ CARLOS SEBASTIAN FERRUFINO VILLARROEL
Rol
O-401-2020
Fecha
26 de enero de 2021
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ““El día 20 de marzo de 2020, a eso de las 12:40 horas aproximadamente, en circunstancias que el personal de Carabineros de Chile realizaba labores preventivas en calle 16 de Julio con calle Andrés Farías en el poblado de La tirana de la comuna de Pozo Almonte, fiscalizan al acusado CARLOS SEBASTIAN FERRUFINO VILLARROEL, quien transportaba al interior de una bolsa negra una cantidad de 5,77 envoltorios de una sustancia sometida al campo respectivo, arrojó como resultado cocaína base y con un peso de 28,8 gramos de alcaloides, cantidad de drogas que atendida a su distribución está destinada al consumo de terceros, razón por la cual fue detenido.” Pozo Almonte, veintiséis de enero del año dos mil veintiuno. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a CARLOS SEBASTIAN FERRUFINO VILLARROEL, de nacionalidad boliviana, cédula de identidad para extranjeros N° 14.864.913-8, domiciliado en Céspedes González N° 1586, comuna de Iquique, como autor del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, PREVISTO Y SANCIONADO EN LOS ARTÍCULOS 1 Y 4 DE LA LEY 20.000, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 20 marzo del año 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión condicional 1 año CRS Iquique Observación: Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo someterse a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, por el periodo de Un Año, debiendo además cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. BVMLTBYFWL Edgardo Andres Castro Fuentes Juez de garantía Fecha: 26/01/2021 16:26:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar
Texto Completo (Preview)
. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obr
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