Juzgado de Garantía de Antofagasta.

MP C/ ELVIRA MAGALY CAMUS SÁEZ

Rol

O-5309-2020

Fecha

20 de enero de 2021

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENTO PRESENTE: I.- Encontrándose suficientemente fundado el requerimiento presentado por el Ministerio Público y la proposición de multa; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 391 y 392 del Código Procesal Penal; artículo 318 del Código Penal, se ACOGE el requerimiento y, en consecuencia, se condena a la imputada ELVIRA MAGALY CAMUS SÁEZ, cédula de identidad N° 13.014.303-2 en calidad de autora de la falta consumada de prevista y sancionada en el artículo 318 del Código Penal, a pagar una multa a beneficio fiscal de SEIS (6) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, sin costas. La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente a que tenga la referida unidad en el momento de su pago, mediante un depósito efectuado en la Tesorería Regional. II.- Si la multa es pagada dentro de los 15 días contados desde la notificación al imputado, ella será rebajada en un 25%, suma que deberá enterarse en la forma señala anteriormente. III.- En caso de no poseer bienes para satisfacer el pago, podrá en el plazo de (15) días, a contar de su notificación, acogerse a lo establecido en el artículo 49 del Código Penal y solicitar en forma escrita y fundada ante el Tribunal, adjuntando los antecedentes que acrediten o justifiquen su petición, la sustitución de la multa impuesta por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, equivalente a ocho (8) horas por cada un tercio de unidad tributaria mensual. IV.- Si la sentenciada no pagase la multa impuesta, sufrirán por vía de sustitución y apremio, la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido condenado, sin que ella pueda exceder de seis (6) días, sin abonos que considerar. Se instruye a la imputada que le asisten los siguientes derechos: a.- Aceptar el requerimiento y la multa impuesta en cuyo caso se entenderá ejecutoriada esta sentencia. Lo mismo ocurrirá en el evento de que no interponga reclamo dentro del plazo de quince días. b.-

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Antofagasta., veinte de enero de dos mil veintiuno Magistrado GABRIELA ANDREA MARIN WITTWER Fiscal VICTORIA ALVAREZ GONZALEZ Defensor PAULA VALDIVIA DIAZ Hora inicio 09:37AM Hora termino 09:46AM Sala VIDEOCONFERENCIA QUINTA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta. Acta Patricia Cortés Castillo RUC 2000465411-1 RIT 5309

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