JONATHAN SEBASTIAN SMITH MALDONADO C/ IVETTE CAROL CATALDO URBINA
Rol
O-5921-2020
Fecha
15 de enero de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 318 del Código Penal; y demás disposiciones legales y reglamentarias que le están relacionadas y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 207, 295, 340 del Código Procesal Penal; se declara que: I.- Que, se absuelve a don JAIME ANDRÉS BECERRA MORALES, ya individualizado al inicio de la audiencia, del requerimiento que se había formulado en su contra y que lo sindicaba de ser autor de un delito del artículo 318 del Código Penal y demás disposiciones relacionadas, que se decía cometido por él, en grado de desarrollo de consumado, el día 21 de mayo del año 2020 en territorio de esta jurisdicción. II.- Que, se le exime al Ministerio Público al pago de las costas de la causa, por haber tenido motivo plausible para litigar y por no ser de su responsabilidad la incomparecencia de la prueba al juicio. Las partes renuncian a los recursos, por lo que la sentencia queda ejecutoriada con esta fecha. Dirigió la audiencia y resolvió AIDA CECILIA TORRES SALGADO, Juez de Garantía de Viña del Mar. VBEXSZEPQH Aida Cecilia Torres Salgado Juez de garantía Fecha: 20/01/2021 11:38:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-01-20T10:38:10-0400 Corte Suprema Aida Cecilia Torres Salgado Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 318 del Código Penal; y demás disposiciones legales y reglamentarias que le están relacionadas y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 207, 295, 340 del Código Procesal Penal; se declara que: I.- Que, se absuelve a don JAIME ANDRÉS BECERRA MORALES, ya individualizado al inicio de la audiencia, del requerimiento que se había formulado en su contra y que lo sindicaba de ser autor de un delito del artículo 318 del Código Penal y demás disposiciones relacionadas, que se decía cometido por él, en grado de desarrollo de consumado, el día 21 de mayo del año 2020 en territorio de esta jurisdicción. II.- Que, se le exime al Ministerio Público al pago de las costas de la causa, por haber tenido motivo plausible para litigar y por no ser de su responsabilidad la incomparecencia de la prueba al juicio. Las partes renuncian a los recursos, por lo que la sentencia queda ejecutoriada con esta fecha. Dirigió la audiencia y resolvió AIDA CECILIA TORRES SALGADO, Juez de Garantía de Viña del Mar. VBEXSZEPQH Aida Cecilia Torres Salgado Juez de garantía Fecha: 20/01/2021 11:38:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S al
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SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, quince de enero de dos mil veintiuno RUC 2000516271-9 RIT 5921-2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JAIME ANDRÉS BECERRA MORALES 0015560181-7 NUEVA AURORA VILLA MONTE PASAJE LOS MOLLES Nº 22 Viña del Mar. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del sig
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